Diferencia entre revisiones de «Interesado (Derecho administrativo)»

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Quienes promuevan el procedimiento como titulares de un derecho subjetivo o interés legítimo individual o colectivo. los que sin haber iniciado el procei9dmiento tenga derechos que puedan resultar afectados por las decisiones que se tome. Los que tenga interés legítimos, individuales colectivos que resulte afectados y se personen antes de que caiga la resolución. Y las organizaciones representativas de intereses económicos y sociales.
 
La actuación del interesado dependerá de su [[capacidad de obrar]], ya que en función del grado de capacidad de obrar podra realizar unas acciones o no.
 
'''Clases'''
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* Cualificado. Son los que en su régimen de relación es especifico y especial.
 
== Representación==
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante. Cualquier persona puede actuar en representación de otro ante la Administración y deberá acreditar la representación para formular solicitudes, presentar recursos desistir acciones o renunciar, por cualquier medio que deje constancia fidedigna.
La falta de acreditación no impide que se tenga por realiza, siempre que se subsane el defecto.
 
== Derechos de los ciudadanos==
*Derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sean interesados y a obtener copia de los documentos contenidos en ellos.
*Identificar a la autoridad bajo cuya responsabilidad se tramita el procedimiento.
*Obtener copia sellada de los documentos que se aporta.
*presentar aleaciones en cualquier fase del procedimiento antes de la audiencia
*Obtener información de los requisitos jurídicos de las disposiciones vigentes.
* Acceso a los archivos y registro de acuerdo a la ley
* a ser tratado con respeto
*a exigir responsabilidad cuando corresponda legalmente
*a cualquier otro que reconozca la Constitución y las leyes.
 
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[[Categoría:Derecho administrativo]]