Diferencia entre revisiones de «Parte (derecho)»
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Las '''partes directas''' son el [[demandante]] y el [[demandado]], aunque en algunos [[procedimiento judicial|procedimientos judiciales]] pueden recibir un nombre diverso.
Las '''partes indirectas''' son los [[
En los [[acto judicial no contencioso|actos judiciales no contenciosos]], llamados impropiamente también actos de jurisdicción no contenciosa o voluntaria, la parte recibe el nombre de [[interesado]], porque no hay una contraparte contra la cual entablar conflicto, sino que el procedimiento comienza con una solicitud ante el tribunal respectivo.
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