Diferencia entre revisiones de «Real Sitio de San Lorenzo de El Escorial y El Escorial»
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El Real Sitio se regía jurisdiccionalmente mediante tres figuras principales. La administración de los cotos de caza correspondía a la Casa Real, mientras que el Prior del Monasterio gestionaba las tierras dedicadas a la explotación agrícola y ganadera. Por su parte, el Alcalde Mayor de El Escorial ejercía sus poderes en el núcleo urbano de [[El Escorial]]. Este pueblo fue desvinculado de la [[Comunidad de Villa y Tierra de Segovia]] y logró alcanzar una personalidad jurídica propia, como villa, en un margo legal híbrido entre Sitio Real y Sitio de Abadengo.<ref>{{cita libro
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