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Línea 25:
¿qUÉ TAL? Vuelvo a reescribir el mensaje anterior porque no se grabó todo, no sé muy bien por qué.
 
El 6 de julio de 2008 añadiste esta información y cita: "Aunque capitalidad tal y como se entendió en el [[siglo XIX]] no existió en el Archipiélago, dada la Residencia del Capitán General se puede considerar que fue capital de Canarias durante parte de los siglos XVI y XVII, no perdiendo tal condición hasta mediados del siglo XVII; después de dicha fecha aunque sin significado jurídico y real, continuó siendo considerada capital honorífica del [[Canarias|Archipiélago Canario]. <ref>La Junta Suprema de Canarias. Volumen I. Buenaventura Bonnet y Riveron. Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife, Editorial: Editorial Interinsular Canaria SA, publicado en Santa Cruz de Tenerife en 1980 (reedición de 1948) Páginas 104-106<ref>
 
Tengo delante el libro que tú citas y no encuentro nada de eso en el volumen y páginas que tú señalas. Esta tarde anoté esa circunstancia a continuación de la referencia que tú dabas en 2008, pero un guardián de las esencias me señaló que el comentario debería hacerlo en la página de discusión y no en la cita. Yo no tengo ganas de discutir con él, pero sí quisiera que las citas fuesen ciertas. Supongo que te has equivocado de obra o de volumen o de edición o de página. Te ruego entonces que lo revises antes de borrar esa cita errónea. Saludos--~~~~