Diferencia entre revisiones de «Registro de Aceptaciones Impagadas»

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El fichero RAI es un fichero común de información sobre solvencia patrimonial y crédito de los previstos en el artículo 29.2 de la [[Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España]] (Ley Orgánica 15/1999) al que sólo pueden ser comunicados los datos facilitados por el acreedor o por el que actúa por cuenta o interés del acreedor.
 
== Fines ==
La finalidad de este intercambio de información es mejorar la [[gestión de riesgos]] del sistema financiero poniendo información relativa a incumplimientos de pago a disposición de las entidades de crédito participantes de forma cooperativa. Cualquier otro fin está prohibido, especialmente si tiene [[ánimo de lucro]].
 
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¿Qué información incluye el RAI?
* Número total de efectos impagados por una sociedad.
* Importe total que suman los mismos.
* Fecha de la última incidencia apuntada.
[[Archivo:RAI_Ejemplo_1.gif]]
 
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La [[LOPD]] (Ley Orgánica de Protección de Datos) define expresamente el uso de este tipo de ficheros en su artículo 29.
* Debe notificarse al afectado su inclusión en el fichero dentro de un plazo de 30 días.
* Apartado 3:Cuando el interesado lo solicite, el responsable del tratamiento le comunicará los datos, así como las evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y el nombre y dirección de la persona o entidad a quien se hayan revelado los datos.
* Apartado 4: Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos.
 
La información que se registra en el fichero RAI acerca de los efectos cambiarios aceptados e impagados a su vencimiento es la proporcionada por la entidad adherida informante como legítima tenedora de la letra, bien en calidad de acreedor o bien como encargada de la gestión del cobro del efecto cambiario, o como representante de otras entidades del sistema que sean tenedoras de las letras de cambio, cuyos datos facilita al fichero. Dicha entidad es la encargada de comunicar por la misma vía las modificaciones de los datos y bajas que deban producirse.
Línea 37:
== Principios de funcionamiento ==
El RAI basa su funcionamiento en dos principios fundamentales:
* '''Confidencialidad''' y reserva absoluta '''de sus datos''', siendo éstos de uso exclusivamente interno y por las entidades miembros del mismo.
* '''Reciprocidad''', estando las entidades adheridas al RAI obligadas a dar de alta los impagos cuya cuantía sea igual o superior a 300,51 € de todos los documentos aceptados (letras y recibos), protestados o no, pagarés que cumplan función de giro y cheques de cuenta corriente.
 
Las entidades adheridas al fichero RAI suministran un fichero, utilizando el [[programa (computación)|programa]] homologado por el [[Banco de España]] denominado EDITRAN, con los datos cifrados de los efectos aceptados e impagados a su vencimiento para que se produzca el alta de tales datos en el fichero RAI, residente en el centro de proceso de Cálculo y Tratamiento de la Información S.A.
Línea 45:
 
El uso de la información accesible es limitada:
* los '''acreedores''' únicamente pueden acceder para la concesión de crédito o seguimiento de créditos previamente concedidos.
* las '''empresas de informes de solvencia''' únicamente pueden acceder para prestar servicios a clientes con la finalidad de concesión de crédito o seguimiento de créditos previamente concedidos.
 
 
== Acceso a la información contenida ==
Las entidades adheridas al RAI pueden consultar la información existente mediante dos sistemas distintos de conexión:
* Tramas APPC o XML sobre una conexión privada.
* Acceso Web.
 
Las consultas, que se realizan exclusivamente por número [[CIF]], devuelven la siguiente información:
* Número de referencia de la respuesta, único e identificativo de la cesión de datos.
* Fecha de consulta.
* Hora de consulta.
* CIF consultado.
* Número de anotaciones que figuran en el RAI identificadas con el CIF consultado.
* Importe total de todas las anotaciones identificadas con el CIF consultado.
* Fecha de la anotación más reciente de las identificadas con el CIF consultado.
 
También es posible consultar las anotaciones que aparece en el RAI a traves de las empresa que elaboran [[informes comerciales]]
 
== VeaseVéase también ==
* [[ASNEF]]
* [[AEPIM|Asociación Española para la Prevención de Impagados y Morosos]]
* [[Moroso]]
 
[[Categoría:Derecho de España]]