Diferencia entre revisiones de «Presunción»

Contenido eliminado Contenido añadido
U. Marcelo (discusión · contribs.)
Sin resumen de edición
U. Marcelo (discusión · contribs.)
Sin resumen de edición
Línea 1:
'''Presución''', del [[latín]] ''praesumptio-nis'', es una término originario del [[Derecho romano]], y posteriormente del [[Derecho canónico]], que ofrece significados muy diversos.
 
En el ámbito [[jurídico]], otorga una fuerza especial al [[sujeto]] del derecho que goza de alguna presunción, y significa la atribución por el [[sistema legal]] a un determinado acto o hecho, de la categoría verdad y certeza jurídica tal que su ostenación conlleva un derecho eficaz mientras no se demuestre lo contrario (presunción ''iuris tantum''), e incluso eficaz aunque se demuestra lo contrario (presunción ''iuris et de iure'').