Diferencia entre revisiones de «Comunidad de ciudad y tierra de Segovia»

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*#REDIRECCIÓN [[Comunidad de VillaCiudad y Tierra de CocaSegovia]]
[[Image:Comunidades_de_Villa_y_Tierra.jpg|thumb|250px|Comunidades de Villa y Tierra]]
La '''[[Comunidades de Villa y Tierra|Comunidad de Villa y Tierra]]''' era una institución política castellana, un ente jurídico autónomo que nació libremente como un sistema de autogobierno que distribuía justicia y autoridad entre sus vecinos y ordenaba en comunidad el aprovechamiento de las aguas, de las tierras y de los pinares. Se formó con la suma de antiguas costumbres más las necesidades propias de la época.
 
Nació a raíz de la repoblación efectuada por [[Alfonso VI de León y Castilla|Alfonso VI]], cuando surgieron los grandes Concejos a lo largo de la línea del sur del Duero. Intereses comunes de varias poblaciones hicieron que éstas se agruparan en una Comunidad. Más tarde, el rey [[Alfonso VIII de Castilla]] apoyó y dio vigor a estos grandes concejos.
 
== Configuración==
El territorio de la Comunidad era propiedad del [[Concejo]]. La Comunidad consistía en un pequeño estado con [[fuero]] propio que formaba una unidad territorial conveniente, con obligaciones en mancomunidad. Estaba regida por el Concejo y en él había una representación del rey en la figura de un delegado real o [[regidor]].
 
== División geográfico-administrativa ==
[[Archivo:CdCyTdSegovia.png|thumb|250px|Mapa de la Comunidad de Ciudad y Tierra de Segovia y sus sexmos.]]
La Villa y Tierra se dividió en partes administrativas, a las que en la Comunidad de Villa y Tierra de Segovia se les daba el nombre de ''[[sexmo]]s'', porque en un principio fueron seis. En otras comunidades, como la de [[Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda|Sepúlveda]], estas divisiones se llamaron ''ochavos'' porque la tierra se dividió en ocho partes. Actualmente, los sexmos de la Comunidad de Villa y Tierra de Segovia son diez, ocho al norte de la sierra, en la actual provincia de [[Segovia]], y dos al sur, en la provincia de [[Madrid]]:
 
Los seis originales con sus cabezas de sexmo fueron:
 
*Sexmo de San Lorenzo, [[Brieva]].
*Sexmo de Santa Eulalia, [[Bernardos]].
*Sexmo de San Millán, [[Valverde del Majano]].
*[[Sexmo de la Trinidad]], [[Villoslada]].
*Sexmo de San Martín, [[Ituero y Lama|Ituero]].
*Sexmo de Cabezas, [[Mozoncillo]].
 
A estos se añadieron:
 
*Sexmo de El Espinar (1297), [[El Espinar]].
*Sexmo de Posaderas (1399), [[Muñoveros]].
*Sexmo de Lozoya, [[Valle del Lozoya|Lozoya]].
*Sexmo de Casarrubios, [[El Escorial]].
 
La Comunidad llegó a tener, antes de [[1480]], otros tres sexmos más que perdió por diversos motivos en tierras madrileñas: '''[[Tajuña]]''', '''[[Manzanares]]''' y '''[[Valdemoro]]'''.
 
En cada sexmo había un ''procurador de Tierra'' que recibía también los nombres de ''procurador común'' o ''sexmero''. En el sexmo de Villa se llamaba ''procurador síndico''. Todos estos procuradores o sexmeros eran los representantes y portadores de la voz de todas las aldeas. Eran su representación ante la ley.
 
== Véase también ==
 
*[[Comunidades de Villa y Tierra]]
*[[Comunidad de Villa y Tierra de Cuéllar]]
*[[Comunidad de Villa y Tierra de Sepúlveda]]
*[[Comunidad de Villa y Tierra de Coca]]
 
== Enlaces externos ==
 
[http://www.cobosdesegovia.com/Sexmos_Segovia_Mapa.htm Mapa de los Sexmos Segovianos]
 
[[Categoría:Comunidades de villa y tierra|Segovia]]
[[Categoría:Historia de la provincia de Segovia]]
[[Categoría:Comarcas de la provincia de Segovia]]
 
 
 
[[ca:Ciudad y Tierra de Segovia]]