Diferencia entre revisiones de «Norma dispositiva»

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La '''norma dispositiva''' es aquella de cuyo contenido puede prescindirse en virtud del principio de [[autonomía de la voluntad]]. Su ámbito normativo se reduce así a los casos en los que los individuos no establecen una regulación distinta a la dispuesta legalmente.
 
Cabe añadir que este tipo de normas son características del [[Derecho privado]], parcela jurídica en la que predomina la libre voluntad de los individuos a la hora de establecer relaciones jurídicas. En todo caso, la mayor parte de la doctrina coincide en que tiene una aplicación prácticamente nula en el ámbito del [[Derecho Público]].
 
Pese a ello, hay autores que opinan que la norma dispositiva también puede darse en Derecho Público, posición que suele ser refutada aludiendo a la confusión que se hace entre [[capacidad dispositiva]] y norma dispositiva. Así, la distinción entre estos conceptos da lugar a cierta polémica doctrinal.
 
==Véase también==