Diferencia entre revisiones de «Diario oficial de la Generalidad Valenciana»

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== Diario Oficial de la Generalidad Valenciana (1982) ==
 
El DiarioDiari Oficial de la ComunidadComunitat Valenciana (DOCV), se creó mediante ''Decreto de 3 de diciembre de 1982'', bajo el nombre oficial de '''Diario Oficial de la Generalidad Valenciana'''. Su primer número fue publicado el 19 de mayo de 1978 y en él se insertaron las [[norma]]s, [[disposición|disposiciones]] y actos emanados del Gobierno Valenciano, que por su naturaleza requiriesen de ser publicados.
 
Se estableció mediante el citado [[Decreto]], que el órgano competente para ordenar su publicación fuese el Presidente del Consell de la [[Generalidad Valenciana]], facultad asignada posteriormente por Orden de la Presidencia de la Generalidad de fecha 6 de julio de 1983 al Conseller de Presidencia.
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A los seis meses de su edición, por ''Decreto 86/1983, de 18 de julio'', se estableció la conveniencia de publicar no sólo las disposiciones que emanasen de la [[Generalidad Valenciana]], sino todas aquellas que afectasen a los intereses generales de la [[Comunidad Valenciana]].
 
== DiarioDiari Oficial de la GeneralidadGeneralitat Valenciana (1986) ==
 
Debido a una reestructuración funcional y competencial del Gobierno Valenciano, y al haberse detectado algunos problemas en la experiencia práctica, se reguló de nuevo la ordenación del Diario Oficial de la GeneralidadGeneralitat Valenciana, mediante ''Decreto 142/1986, de 24 de noviembre'', del ConsejoConsell de la GeneralidadGeneralitat Valenciana.
 
En él se estableció el primer cambio de denominación de esta publicación oficial, por la denominación en valencianoel de '''Diari Oficial de la Generalitat Valenciana''' , al mismo tiempo que se instituía la consideración oficial y auténtica del texto redactado tanto en [[idioma valenciano|valenciano]] como en [[Idioma español|españolcastellano]].
 
Una nueva ampliación en cuanto a los tipos documentales a insertar se decretó, considerándose objeto de publicación:
 
* ''Las Leyes de la GeneralidadGeneralitat Valenciana, Decretos, Órdenes u otras disposiciones de carácter general que emanen del Presidente de la GeneralidadGeneralitat, del ConsejoConsell, de las Comisiones Delegadas del Gobierno, de las ConsejeríasConsellerías o de otros organismos de la Administración Autónoma e Institucional.''
 
* ''Las disposiciones y resoluciones emanadas de la Administración Central y Local que afecten a los intereses generales de la Comunidad Valenciana.''
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== Nueva regulación en 1997 ==
 
Diez años después, se llevó a cabo una importante modificación de la regulación del '''DiarioDiari Oficial de la GeneralidadGeneralitat Valenciana''', iniciando el proceso para su modernización con la incorporación de las nuevas tecnologías en el funcionamiento de la administración.
 
Por ''Decreto 6/1997, de 28 de enero'', se determinó la frecuencia de publicación, su estructura y formato, previendo otros [[soportes]] distintos al papel y adecuándose a la implantación progresiva de nuevas técnicas en la gestión y edición. En su artículo tercero quedó establecido que:
Línea 43:
* ''El DOGV se editará en números diarios. Cada número constará de uno o varios fascículos. Asimismo, en atención a las necesidades de publicación, se podrán editar suplementos''.
 
* ''En la cabecera del DOGV figurará el escudo de la GeneralidadGeneralitat Valenciana y el título completo de ''DiarioDiari Oficial de la GeneralidadGeneralitat Valenciana''.
 
* ''En él figurará el año de edición del DOGV, la fecha y el número del DOGV''.
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== Accesible en Internet desde 1999 ==
 
Desde 1999 el '''DiarioDiari Oficial de la GeneralidadGeneralitat Valenciana''' está accesible via [[web]], aunque carente de validez oficial su edición.
 
Este nuevo avance tecnológico ha permitido que el número de suscriptores del DiarioDiari en Internet superara a los de la edición en papel, desencadenando a finales de 2006 una nueva regulación de ésta [[publicación oficial]] que entró en vigor el 1 de enero de 2007
 
== DiarioDiari Oficial de la ComunidadComunitat Valenciana (2007) ==
 
Por ''Decreto 183/2006, de 15 de diciembre'', del [[Consejo de la Comuidad ValencianaConsell]] se establece que el [[DiarioDiari Oficial]] '''se publicará en formato electrónico, como única versión, oficial y autentica''', quedando garantizada la identificación del titular competente para su publicación, y de la voluntad de la publicación del DiarioDiari Oficial, a través de la firma electrónica del documento por parte del mismo.
 
Su difusión se realizará a través de la página Web oficial del DiarioDiari Oficial, en la dirección: https://www.docv.gva.es, dentro del portal Web de la GeneralidadGeneralitat, garantizando en todo caso la autenticidad e integridad de su contenido, así como su accesibilidad.
 
Para aquellos ciudadanos o entidades que no puedan disponer de acceso al soporte electrónico, la GeneralidadGeneralitat facilitará gratuitamente la consulta y obtención de copias de los documentos publicados.
 
Al mismo tiempo el citado decreto establece un nuevo '''cambio de denominación''' por el de '''DiarioDiari Oficial de la ComunidadComunitat Valenciana''' '''(DOCV)''' justificado por la propia naturaleza de este medio, al incluir no solo inserciones de la GeneralidadGeneralitat, sino también las correspondientes a las [[corporación|corporaciones]] locales, así como las de otros organismos, instituciones y entidades, tanto de carácter público como privado.
 
En cuanto a la periodicidad en su publicación se mantiene la establecida con carácter habitual, todos los días del año, excepto los sábados, domingos y aquellos días declarados inhábiles en todo el ámbito territorial de la ComunidadComunitat Valenciana, pero se determina que excepcionalmente, atendiendo a las necesidades apreciadas por la Presidencia de la GeneralidadGeneralitat, ''podrá publicarse el Diari Oficial en cualquier día del año''.
 
Su contenido se ordenará en las siguientes secciones y subsecciones:
Línea 90:
El orden dentro de cada sección y subsección, excepto en la Sección IV, será el siguiente:
 
*1º. Documentos procedentes de la Generalitat: en primer lugar los documentos de la Presidencia, seguidamente los procedentes de las distintas ConsejeríasConsellerias, siguiendo su orden alfabético, y en tercer lugar los documentos de las instituciones, empresas y entidades de la GeneralidadGeneralitat.
*2º. Documentos procedentes de la [[administración del Estado]].
*3º. Documentos procedentes de la [[administración Local]].
Línea 98:
En la Sección IV los documentos se ordenarán alfabéticamente atendiendo al órgano emisor del documento.
 
* La publicación de las [[Ley]]es de la GeneralidadGeneralitat se hará, bajo el epígrafe de la Presidencia de la GeneralidadGeneralitat, en la sección de disposiciones generales y ordenadas por el número de la disposición.
 
* Los Decretos y Acuerdos del Consell se publicarán bajo el epígrafe del o de los departamentos que los hayan propuesto.
Línea 111:
* [[Boletín Oficial del Principado de Asturias]], '''BOPA'''.
* [[Boletín Oficial de Cantabria]], '''BOC'''.
* [[Diario Oficial de la GeneralidadGeneralitat de Cataluña]], '''DOGC'''.
* [[Boletín Oficial de Castilla y León]], '''BOCyL'''.
* [[Boletín Oficial de las Islas Baleares]] (BOIB)