Diferencia entre revisiones de «Síndico»

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[[Archivo:Musée historique de Strasbourg-Baron Jean François de Spon.jpg|thumb|right|El barón Jean François de Spon, Síndico Real en [[Estrasburgo]] de [[1758]] a [[1773]].]]
El '''síndico''' es una persona elegida por una comunidad o corporación para cuidar de sus intereses. Como tal, tiene diferentes acepciones en diferentes ramas del [[Derecho]].
 
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== Derecho privado ==
 
=== Derecho concursal ===
En un [[procedimiento concursal|concurso de acreedores]] o en una [[quiebra]], el '''síndico''' es el encargado de liquidar el activo y el pasivo del deudor. Tras la declaración de la situación concursal se procede a su nombramiento, y desde ese momento tiene todos los poderes de un [[Administración económica|administrador]] sobre el [[patrimonio]] que va a ser objeto de liquidación.
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=== Derecho de sociedades ===
 
Existen varias figuras en [[Derecho de sociedades|Derecho societario]]. Estos son algunos ejemplos:
* Síndico de la [[cooperativa]]: fiscaliza la administración de la entidad con la finalidad de protección de los socios.
* Síndico de las sociedades emisoras de [[renta fija|obligaciones]]: Figura que aparece para fiscalizar a esas sociedades con la finalidad de proteger los intereses de los obligacionistas.
 
 
== Enlace externo ==