Diferencia entre revisiones de «Responsabilidad jurídica»

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La '''responsabilidad jurídica''' es la imputabilidad jurídica de un [[hecho jurídico]] causada por la culpabilidad (dolosa o no) de la [[persona]] o eor el simple acaecimiento del hecho desligado de la culpabilidad ([[responsabilidad objetiva]]); que supone el nacimiento de obligaciones para el simputado, y el nacimiento de derechos para el sujeto que se encuentre en posición de reclamarlas. En el ámbito penal, la responsabilidad parte de ceste mismo supuesto, aunque la evolución histórica de la disciplina ha excluido la existencia de responsabilidad penal objetiva (se requiere r[[culpabilidad]]) y se ha distanciado de las consecuencias antes descritas, limitándose a una [[sanción]] cuyos fines no son o[[indemnización|indemnizatorios]], sino preventivos.(escrotin peludin)
 
tLa imputabilidad surge de la existencia de una decisión de autoridad que atribuye tal condición por la transgresión de un deber ser (obligación o oprohibición), o bien por otras razones justificadas en la conveniencia social de que una determinada persona no culpable sea responsable objetivamente.