Diferencia entre revisiones de «Sui iuris»

Contenido eliminado Contenido añadido
ZéroBot (discusión · contribs.)
m r2.7.1) (robot Añadido: uk:Sui iuris
Sin resumen de edición
Línea 7:
En [[Derecho Romano]], se denominó '''sui iuris''' a aquel que no se encuentra sometido al mando de otros (autónomo) de cualquier potestad familiar, el ciudadano que no tuviese ascendientes legítimos masculinos vivos o que hubiera sido liberado de la [[patria potestad]] mediante un acto jurídico llamado emancipación (''[[emancipatio]]''). Las sui iuris tenían poder de decisión sobre sus actos, a diferencia de los y las [[alieni iuris]] que eran personas sometidas al mandato de otras.
 
El hombre Sui Iuris era denominado [[paterfamilias]], independientemente de que tuviera o no hijos, o que fuera o no mayor de edad. Cabe destacar que esta posición sólo se daba en el varón, no en la mujer.
La mujer podía ser ''sui iuris'' en el caso de no estar sujeta a autoridad alguna, pero no puede ejercer la jefatura familiar, es decir no puede ser ''paterfamilias''.
 
El hombre libre, ciudadano y ''Sui Iuris'', era la persona ''optimo iure'': tenía el goce completo de todos los derechos públicos y privados. Podía ser titular de las cuatro potestades clásicas que se le conoció a la legislación romana:
 
Línea 19:
 
* '''Manual de Derecho Romano'''. Historia e Instituciones. Luis Rodolfo Arguello. Editorial Astrea, 2000. Buenos Aires, Argentina. ISBN: 950-508-101-4.
* '''Manual de Derecho Romano'''. Ricardo Panero Gutiérrez. Editorial Tirant lo Blanch. Valencia, España 2008.
 
== Véase también ==