Diferencia entre revisiones de «Interoperabilidad»

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La palabra interactuar no existe. El verbo correcto es: interaccionar.
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El Instituto de Ingenieros Eléctricos y Electrónicos ([[IEEE]]) define '''interoperabilidad''' como ''la habilidad de dos o más sistemas o componentes para intercambiar información y utilizar la información intercambiada''.<ref>Institute of Electrical and Electronics Engineers. IEEE Standard Computer Dictionary: A Compilation of IEEE Standard Computer Glossaries. New York, NY: 1990.</ref>
 
Más allá de la perspectiva tecnológica, actualmente la interoperabilidad es entendida como un concepto más ámplio con un grupo de dimensiones diferenciadas. En este sentido, el '''Marco Iberoamericano de Interoperabilidad'''<ref>''Bases para una estrategia iberoamericana de interoperabilidad''. Documento marco iberoamericano de interoperabilidad ratificado en 2010 por la XX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno.</ref> recoge para el ámbito de la [[administración electrónica]] una de las definiciones más completas existentes actualmente en línea con la definición dada por la [[Comisión Europea]], definiendo interoperabilidad como ''la habilidad de organizaciones y sistemas dispares y diversos para interactuarinteraccionar con objetivos consensuados y comunes y con la finalidad de obtener beneficios mutuos. La interacción implica que las organizaciones involucradas compartan información y conocimiento a través de sus procesos de negocio, mediante el intercambio de datos entre sus respectivos sistemas de tecnología de la información y las comunicaciones''.
 
El ámbito de la administración electrónica ha dotado a la interoperabilidad de gran relevancia y ha impulsado estudios científicos que actualmente destacan otras dimensiones por encima de la dimensión técnica de la interoperabilidad.<ref>Gascó, Mila; Jiménez, Carlos E. (2011). ''Interoperability in the justice field: variables that affect implementation''. 11th European Conference on eGovernment. Slovenia.</ref> Es precisamente en este contexto donde se impone la interoperabilidad actualmente como uno de los elementos clave para la administración electrónica, reflejado en España a través del '''Esquema Nacional de Interoperabilidad'''.<ref>[http://www.boe.es/boe/dias/2010/01/29/pdfs/BOE-A-2010-1331.pdf Real Decreto 4/2010], de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica en España.</ref>