Diferencia entre revisiones de «Derecho procesal civil»

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{{AP|Derecho Procesal Civil (Chile)}}
 
En la [[República de Chile]], el procedimiento civil está regulado por el Código de Procedimiento Civil, y otras leyes especiales, que empezó a regir el 1 de marzo del año 1903. El año 1942 sufrió una importante modificación legal. Este código se divide en 4 libros: Libro I, sobre Disposiciones comunes a todo procedimiento; el Libro II sobre Juicio Ordinario, el Libro III sobre Juicios Especiales, y el Libro IV de los Actos Judiciales No Contenciosos; en 925 artículos.
 
El año 2009, bajo la presidencia de M. Bachelet, se presenta un Proyecto de nuevo Código Procesal Civil, que pretende reemplazar la actual normativa. El gran cambio que propone este nuevo Código se sustenta en la instalación de un sistema oral, con inmediación y concentración de los actos del proceso, poniendo término a un sistema profundamente escriturado. El año 2010, bajo la presidencia de S. Piñera, se asume el compromiso de sacar adelante este Proyecto y se nombra una Comisión asesora que se encuentra revisando y perfeccionando la propuesta recogida en el Proyecto.