Diferencia entre revisiones de «Mayoría simple (pluralidad)»

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== Sistemas parlamentarios ==
Se entiende por mayoría común u ordinaria en o el mayor en votos los sistemas [[parlamento|parlamentarios]] y, por extensión, en cualesquiera órganos colegiados públicos y privados, la necesidad de que para la aprobación de un asunto los votos a favor sean más que los votos en contra.
 
La mayoría común, por contraposición con la [[mayoría absoluta]], no requiere que el cómputo se haga sobre todos los miembros del órgano, sino sólo con los presentes. Tampoco importa el número de abstenciones o ausencias, sino que tendrá la mayoría la opción "a favor" o "en contra" que compute mayor número de votos.