Diferencia entre revisiones de «Tres Comunes de Cataluña»

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El Tribunal de Contrafacciones era la institución de [[Cataluña]] que garantizaba la aplicación de las [[Constituciones catalanas]] y resolvía de manera suprema ante cualquier acción por parte del rey, o de los oficiales del rey, contraria al ordenamiento constitucional catalán. Ansiosamente deseado, los catalanes pugnaron durante doscientos años hasta conseguir su creación. En las [[Cortes catalanas de 1533]] los brazos catalanes propusieron al rey [[Carlos I de España]] su aprobación, para asegurar que la Corona Española cumplía con la [[Constitución de la Observancia]], que determinaba el principio que el rey estaba sometido a las [[constituciones catalanas]]. Pero no fue hasta dos siglos después, en las [[Cortes catalanas de 1701-1702]], cuando el rey [[Felipe V de España]] aprobó la creación del tribunal.<ref>Albareda (2010:83)</ref> La ocasión para conseguirlo apareció con la entronización de la nueva dinastía, la [[Casa de Borbón]], a la cual los «defensores de la observancia de las leyes» pusieron a prueba; la nueva dinastía necesitaba consolidarse, y el inicio de su reinado era la coyuntura en la que la monarquía se encontraba en su máxima debilidad, necesitada de reconocimiento y aprobación; aun así, solo se consiguió después de pugnar duramente contra Felipe V.
 
El Tribunal de Contrafacciones quedó configurado como un tribunal de garantías constitucionales, formado de manera paritaria entre los representantes del rey y los representantes de los brazosTres catalanesComunes de Cataluña. Permitía así garantizar el ordenamiento jurídico catalán con la coparticipación de las instituciones del Principado y los oficiales reales. Asumió la atribución que hasta entonces había pertenecido en exclusiva a la [[Real Audiencia de Cataluña]], la cual había fallado casi inexorablemente en favor de la Corona, y con la creación de Tribunal de Contrafacciones la Corona Española permitió la existencia de un tribunal que difícilmente podía controlar y que le exigía la observancia de las constituciones aprobadas en las Cortes Catalanas, tanto por él, como por sus oficiales. La amenaza [[absolutista]] parecía así quedar neutralizada, pues el rey o sus virreyes no podían emitir leyes de rango superior a una [[constitución catalana (ley)]], de manera que las pragmáticas y los reales decretos quedaban supeditados al ordenamiento constitucional catalán; además, si cualquier oficial real vulneraba una [[constitución catalana (ley)]], debía ser sometido a un proceso judicial de contrafacción.
 
El Tribunal de Contrafacciones entró en funcionamiento en [[1703]], a raíz del decreto de expulsión que Felipe V ordenó contra el comerciante holandés Arnald Jäger, una expulsión que vulneraba las constituciones catalanas, lo que supuso que automáticamente la conferencia de los Tres Comunes de Cataluña solicitara que se cursara causa de contrafacción.<ref>Albareda (2010:85)</ref> El mismo Felipe V se daría cuenta de las limitaciones que el Tribunal de Contrafacciones suponía para su «real voluntad», y reconocería poco después que tras la Cortes de 1701-1702, los catalanes ''«habían quedado mas Repúblicos que el parlamento alusivo a ingleses»''.<ref>[http://books.google.es/books?id=rfA_5X831MMC&lpg=PA307&ots=4WUWj1nt54&dq=tribunal%20de%20contrafacciones&hl=ca&pg=PA308#v=onepage&q&f=false Los Borbones: Dinastía y memoria de nación en la España del siglo XVIII], p.308</ref>