Diferencia entre revisiones de «Free on board»

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Las siglas '''FOB''' (acrónimo del término en [[idioma inglés|inglés]] ''Free On Board'', '''«franco a bordo, puerto de carga convenido»''') se refieren a un [[Incoterms|incoterm]], o cláusula de [[comercio internacional]], que se utiliza para operaciones de [[compraventa]] en que el [[transporte]] de la mercancía se realiza por barco ([[transporte marítimo|mar]] o vías de [[transporte fluvial|navegación interior]]). Se debe utilizar siempre seguido de un puerto de carga. El incoterm «'''FOB-puerto de carga convenido'''» es uno de los más utilizados.
 
== Descripción del FOB ==[[Incoterm|Incoterms]] 2010 ==
[[Incoterm|Incoterms]] 2010. El vendedor entrega la mercancía "a bordo del buque" designado por el comprador en el puerto de embarque designado, y por tanto estibado; en ese momento se traspasan los riesgos de pérdida o daño de la mercancía del vendedor al comprador. El vendedor contrata el transporte principal, a través de un [[transitario]] o un [[Consignatario de buques|consignatario]], por cuenta del comprador. El vendedor también realiza los trámites aduaneros necesarios para la exportación.
 
El comprador paga todos los costes posteriores a la entrega de la mercancía: el [[flete]], la descarga en el puerto de destino, los trámites de la aduana de importación, como parte de su precio de compra. Puede, si lo desea, contratar un seguro que cubra el riesgo durante el transporte en barco.