Diferencia entre revisiones de «Reserva de ley»

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La '''reserva de ley''' o '''dominio legal''' es clel conjunto de materias que de manera exclusiva la [[Constitución]] entrega al ámbito de potestades del [[legislador]], excluyendo de su ámbito la intervención de otros poderes del estado.
 
[[Doctrina jurídica|Doctrinariamente]] existen dos sistemas, el de ''dominio legal máximo'', en el cuálcual pertenecen al ámbito de la [[potestad reglamentaria]] todas aquellas materias que no pertenezcan al dominio legal, y el de ''dominio legal mínimo'', donde la potestad legislativa alcanza no sólo a aquellas materias que le encomienda la Constitución, sino a todas las demás.
 
Del primer sistema surge con nitidez la distinción entre [[reglamento]]s de ejecución e independientes, donde los primeros desarrollan y precisan las disposiciones de una [[ley]], y los segundos regulan aquellas materias ajenas al dominio legal.