Diferencia entre revisiones de «Gobernador civil»
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El '''gobernador civil''' fue la autoridad política en las [[Provincia de España|provincias
Tiene sus antecedentes en la figura de los [[Jefe Político|jefes políticos]] como máxima autoridad provincial,
Fue creado por [[Real Decreto del 23 de octubre de 1833]] en que se establece la figura de subdelegado de fomento, cuyas funciones versaban sobre agricultura, industria y comercio, minería, ayuntamientos, policía general, instrucción pública, sociedades económicas, hospitales y establecimientos benéficos, cárceles, hermandades y cofradías, bibliotecas, museos, teatros y espectáculos, caza, pesca, prevenciones generales, caminos, canales, etc. La estructura administrativa era el subdelegado, un secretario, un oficial de primera y otro de segunda, dos de tercera y otros dos de cuarta y un portero.
En 1847 en el Real Decreto del 29 de septiembre se le vuelve a denominar gobernador civil, que es el que se ha mantenido hasta [[1997]],
A lo largo de estos años se han producido varias modificaciones legales que afectaban a las responsabilidades del cargo. Así, en el [[Real Decreto del 14 de agosto de 1893]]
El 14 de abril de 1997 desaparece para convertirse en [[subdelegado del Gobierno]], dependiente del delegado del Gobierno en la [[
== Véase también ==
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