Diferencia entre revisiones de «Gobernador civil»

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El '''gobernador civil''' fue la autoridad política en las [[Provincia de España|provincias ende España]] a partir de la creación de estaséstas por [[Javier de Burgos]] en [[1833]].
 
Tiene sus antecedentes en la figura de los [[Jefe Político|jefes políticos]] como máxima autoridad provincial, creadocreada en el artículo 324 de la [[Constitución Española de 1812]]. Este cargo fue derogado por [[Fernando VII]] en 1814, y restablecido durante el [[Trienio Liberal]] de 1820 a 1823.
 
Fue creado por [[Real Decreto del 23 de octubre de 1833]] en que se establece la figura de subdelegado de fomento, cuyas funciones versaban sobre agricultura, industria y comercio, minería, ayuntamientos, policía general, instrucción pública, sociedades económicas, hospitales y establecimientos benéficos, cárceles, hermandades y cofradías, bibliotecas, museos, teatros y espectáculos, caza, pesca, prevenciones generales, caminos, canales, etc. La estructura administrativa era el subdelegado, un secretario, un oficial de primera y otro de segunda, dos de tercera y otros dos de cuarta y un portero.
 
En 1847 en el Real Decreto del 29 de septiembre se le vuelve a denominar gobernador civil, que es el que se ha mantenido hasta [[1997]], en quecuando se creó la figura del [[subdelegado del gobierno]] en la [[comunidadComunidad autónomaAutónoma]].
 
A lo largo de estos años se han producido varias modificaciones legales que afectaban a las responsabilidades del cargo. Así, en el [[Real Decreto del 14 de agosto de 1893]] en el que se suprimían las secciones de Fomento. En 1925 sus funciones estaban establecidas en la Administración Local y el Estatuto Provincial. El 10 de octubre de 1958 se les dotó de un estatuto propio, otorgándole al cargo la máxima autoridad de la provincia.
 
El 14 de abril de 1997 desaparece para convertirse en [[subdelegado del Gobierno]], dependiente del delegado del Gobierno en la [[comunidadComunidad autónomaAutónoma]].
 
== Véase también ==