Diferencia entre revisiones de «Legítima»

Contenido eliminado Contenido añadido
m Ninguno
Edupedro (discusión · contribs.)
- archivo inexistente
Línea 1:
[[Archivo:Legitima-01|2 hojaspx|izquierda|Com i qui]]
{{referencias}}
En el [[Derecho sucesorio]], se llama '''Legítima''' a aquella porción de bienes de que el testador (persona que hace el [[testamento]]) no puede disponer por haberla reservado la [[Ley]] a determinados [[heredero]]s, llamados por ello ''herederos forzosos'' o ''legitimarios''. Es decir, todo legitimario es heredero, mas no todo heredero es legitimario (hay una relación de género-especie).