Diferencia entre revisiones de «Reintegración foral»

Contenido eliminado Contenido añadido
Sin resumen de edición
Línea 31:
=== La Segunda República ===
{{AP|Estatuto de Estella|Estatuto de autonomía del País Vasco de 1936}}
ElTras la [[proclamación de la Segunda República Española]], el País vasconavarro inició el proceso para la consecución de un [[Estatuto de Autonomía]] muy pronto. La primera propuesta fue una iniciativa de los alcaldes del [[Partido Nacionalista Vasco]] que a principios de mayo de 1931 encargaron a la [[Sociedad de Estudios Vascos]] (SEV) la redacción de un anteproyecto de Estatuto General del Estado Vasco (o Euskadi), que incluiría [[Vizcaya]], [[Alava]], [[Guipúzcoa]] y [[Navarra]]. El resultado fue un intento de síntesis entre el [[foralismo]] tradicional y la estructura de los modernos estados federales que no contentó a nadie. Mes y medio después, una asamblea de los ayuntamientos vasconavarros reunidos en Estella el 14 de junio aprobó un [[Estatuto de Estella|Estatuto]] más conservador y nacionalista que el de la SEV y que se basaba en ella [["reintegración foral|restablecimiento]]" de los [[Euskadi#los fueros medievales|fueros vascos]] abolidos por la ley de [[1839]], junto con la [[Ley de Amejoramiento del Fuero]] de [[1841]].{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=30|ps=}}
 
El [[Estatuto de Estella]] fue presentado el 22 de septiembre de 1931 a las Cortes Constituyentes republicanas por una delegación de alcaldes pero no fue tomado en consideración porque el proyecto se situaba claramente al margen de Constitución que se estaba debatiendo, entre otras cosas, por su concepción federalista y por la declaración de [[confesionalidad]] del «Estado vasco» (que podría negociar por ello un [[Concordato]] particular con el [[Vaticano]]), además de que no reconocía derechos políticos plenos a los inmigrantes españoles con menos de diez años de residencia en Euskadi.{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=30-31|ps=}} Así el Estatuto se reservaba la competencias sobre materias religiosas.{{Harvnp|Tusell|1997|p=76|ps=}}
 
Tras su rechazo aldel Estatuto de Estella, las Cortes encargaron a las Comisiones Gestoras provisionales de las Diputaciones (que—que habían sido designadas por los gobernadores civiles respectivos para sustituir a los equipos monárquicos, y donde los republicanos y socialistas tenían mayoría)mayoría— para que elaboraran un nuevo proyecto de Estatuto, que al final fue consensuado con el PNV, que se había distanciado de la [[Comunión Tradicionalista]] [[carlista]]. Una Asamblea de Ayuntamientos celebrada en [[Pamplona]] en junio de 1932 aprobó el proyecto, pero los carlistas lo rechazaron, por lo que al tener la mayoría en Navarra, dejaron fuera del ámbito de la futura «región autónoma» a este territorio.{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=31|ps=}}
[[Archivo:01 eibar.jpg|thumb|300px|Referéndum autonómico del [[5 de noviembre]] de [[1933]] en [[Eibar]] para la aprobación de un nuevo texto de [[Estatuto de Autonomí­a del País Vasco de 1936|Estatuto]].]]
Un nuevo obstáculo se planteó cuando al realizarse el preceptivo referéndum sobre el ''Estatuto de las Gestoras'' el 5 de noviembre de 1933, en plena campaña para las elecciones a Cortes, los votos favorables en Álava no alcanzaron la mayoría del censo, de nuevo por la oposición de los carlistas (Alava era una provincia que, como Navarra, tenía una menor identidad nacionalista vasca debido a la fuerte implantación del carlismo).{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=31|ps=}}
 
Tras la formación del gobierno del [[Frente Popular (España)|Frente Popular]] en febrero de 1936 el socialista vasco [[Indalecio Prieto]] y el líder del PNV [[José Antonio Aguirre]] acordaron reanudar el debate parlamentario del proyecto de Estatuto que había quedado paralizado durante el ''[[bienio negro]]'' (1933-1935). La Comisión de Estatutos, presidida por Prieto, propuso un proyecto con pocos artículos que fue aceptado por el PNV.{{Harvnp|De la Granja|2002|p=70 |ps= }} En julio de 1936 estaba previsto que pasara al pleno de la Cámara, pero el 18 se produjo la [[golpe de Estado de julio de 1936|sublevación miliar]] que daría inicio a la [[guerra civil española|guerra civil]].{{Harvnp|Gil Pecharromán|1997|p=32|ps=}}
 
Tras la entrada de las tropas franquistas en San Sebastián en septiembre de 1936 —Álava, como Navarra, desde el primer momento estuvieron del lado del [[bando sublevado]]—, el PNV entró a formar parte del gobierno del Frente Popular, a cambio de la inmediata promulgación del Estato.{{Harvnp|De Asíla Granja|2002|p=80-81 |ps= }} Sin embargo, el ''peneuvista''nuevo [[ManuelEstatuto de IrujoAutonomía del País Vasco de 1936|Estatuto de Autonomía]] fueaprobado nombradoen ministrooctubre sinde cartera1936, dela gobiernodiferencia del socialista''Estatuto [[Franciscode Largolas Caballero]]Gestoras'' no hacía referencia a la "reintegración foral" y lastampoco Cortesa aprobaronla elfutura proyectointegración de Navarra.{{Harvnp|De la Granja|2002|p=80-81 |ps= }}
 
===La Transición y Constitución de 1978===