Diferencia entre revisiones de «Presunción (derecho)»

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== Presunción ''iuris tantum'' ==
 
Una presunción ''iuris tantum'' es aquella que se establece por [[ley]] y que admite prueba en contra, es decir, permite probar la inexistencia de un hecho o derecho, a diferencia de las presunciones ''[[iuris et de iure]]'' de pleno y absoluto derecho, presunción que no admite prueba en contra, o dicho de otra forma, no es un valor consagrado, absoluto, sino que es un "«juicio hipotético"», que puede ser invertido acreditando que un acto es ilegítimo.
 
La mayoría de presunciones que se encuentran en [[derecho]] son ''iuris tantum'' como por ejemplo: la presunción de legalidad de los actos administrativos, que pueden ser desvirtuados por el interesado demostrando que los mismos violan el orden jurídico. En algunos [[ordenamiento jurídico|ordenamientos]] se les denomina ''presunciones simplemente legales''.
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Ejemplos:
*La ley entiende que quien tiene la [[posesión]] de un bien se presume que es su [[propiedad|propietario]], alguien que quiera demostrar que la propiedad le pertenece deberá probarlo (con documentos, [[testigo]]s, etc.).'''''
*Las Huelgas Abusivas (en la legislación española): Aunque en principio hay un amplio reconocimiento del [[derecho de huelga]], el legislador ha descartado aquellas modalidades de huelga que conllevan abuso o desproporción en los sacrificios mutuos de las partes, y que suponen un daño desmesurado para el destinatario de la medida de presión. Por ello se han declarado "«actos ilícitos o abusivos"» diversas modalidades de huelga. Si los huelguistas prueban la inexistencia de ese abuso la huelga no será ilegal (presunción “iuris''iuris tantum”tantum'').
 
== Presunción absoluta ==