Diferencia entre revisiones de «Partido judicial (España)»

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== Historia ==
[[File:Conventushispanus.svg|thumb|300px|Mapa de los conventus en Hispania.]]
La primera división de España en partidos judiciales se realizó en [[1834]] —mediante un decreto aprobado el {{Fecha|21|4|1834}} en el que se subdividieron las provincias—{{Harvnp|Gómez Bravo|2007|p=162}} a raíz de la nueva ordenación provincial de [[Javier de Burgos]].{{Harvnp|Martínez|1995|p=316}} Entre las motivaciones del decreto se encontraba el empleo de los partidos como circunscripción electoral en las elecciones a Cortes Generales del Reino,{{Harvnp|Orduña Rebollo|2003|p=412}} además de facilitar una administración judicial más rápida.{{Harvnp|Gómez Bravo|2007|p=162}} En 1834 se contabilizaban en España, exceptuando las provincias [[Régimen foral|forales]],{{refn|group=nota|Hasta 1841 no se pudo hacer efectiva una división en partidos judiciales de las provincias vascas y Navarra.{{Sfn|Orduña Rebollo|2003|p=413}}}} un total de 451 partidos judiciales.{{Harvnp|Orduña Rebollo|2003|p=413}}
La primera división que se hizo en España por razones judiciales sería durante el Imperio Romano. Las provincias se dividían en '''[[conventus]]''', donde periódicamente los habitantes del distrito se reunían en la cabezera para resolver asuntos legales. Los habitantes podían acudir a uno u otro conventus en función de su conveniencia y la distancia que les separara, es por eso que los límites estaban poco claros.
La primera división moderna de España en partidos judiciales se realizó en [[1834]] —mediante un decreto aprobado el {{Fecha|21|4|1834}} en el que se subdividieron las provincias—{{Harvnp|Gómez Bravo|2007|p=162}} a raíz de la nueva ordenación provincial de [[Javier de Burgos]].{{Harvnp|Martínez|1995|p=316}} Entre las motivaciones del decreto se encontraba el empleo de los partidos como circunscripción electoral en las elecciones a Cortes Generales del Reino,{{Harvnp|Orduña Rebollo|2003|p=412}} además de facilitar una administración judicial más rápida.{{Harvnp|Gómez Bravo|2007|p=162}} En 1834 se contabilizaban en España, exceptuando las provincias [[Régimen foral|forales]],{{refn|group=nota|Hasta 1841 no se pudo hacer efectiva una división en partidos judiciales de las provincias vascas y Navarra.{{Sfn|Orduña Rebollo|2003|p=413}}}} un total de 451 partidos judiciales.{{Harvnp|Orduña Rebollo|2003|p=413}}
 
En la actualidad el número de estos, variable a lo largo de la historia, se ha reducido.{{Harvnp|Martínez|1995|p=316}}