Diferencia entre revisiones de «Derecho procesal civil»
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Es la rama del Derecho que estudia el conjunto de normas y principios que regulan la función jurisdiccional del estado y que fijan el procedimiento que se ha de seguir para obtener la actuación del Derecho Positivo y los funcionarios encargados de ejercerla a cargo del gabinete político, por el cual quedan exceptuados todos y cada uno de los encargados de dichas responsabilidades.
El proceso civil, por definición,
Suele incurrirse en impropiedad jurídica al sostener que las controversias de competencia de la jurisdicción civil se adscriben exclusivamente a las suscitadas entre particulares. Por el contrario una entidad de derecho público puede intervenir en un proceso como parte actora o demandada en un litigio promovido por o contra un particular según la naturaleza privada civil (No administrativa) del derecho elevado ante los juzgados y tribunales de justicia en las instancias. (Ejm. un proceso reivindicatorio jurisprudencia exp. 1100102030002006-00492-00 Sala de Casación Civil de Colombia).<ref>Moreno, Arriaga, Gómez, Barrera & Poveda Abogados.</ref>
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