Diferencia entre revisiones de «Colonato»

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El '''colonato''' sistema de explotación, defensa y repoblación de zonas fronterizas, originario de [[Mesopotamia]], por el cual el colono paga un alquiler ([[canon]] o [[renta]] en [[dinero]] o [[especie]]) al [[terrateniente]] por su explotación (al contrario que durante el [[feudalismo]], que había confusión en el [[derecho a lade propiedad]], debido a el [[dominio útil]], ejercido por los [[bracero]]s y el [[dominio eminente]], ejercido por los terratenientes).
 
[[Diocleciano]] lo institucionalizó en el Imperio al escasear la mano de obra esclava, siendo a su vez los propios [[liberto]]s los colonos y la falta de defensa, reapareciendo la figura republicana del [[soldado]]-[[campesino]] (dando lugar a los [[vasallo]]s medievales y en el [[Imperio Bizantino]] a los "stratiotas"). Y con las reformas de [[Diocleciano]], que transformaron a la sociedad romana en una de [[casta]]s, ser colono se convirtió en una condición social y pasó a ser hereditaria hasta el final del contrato; tampoco podían ocupar ningún cargo público durante el contrato y tener que notificar cualquier relación economía para evitar la evasión fiscal.<ref>{{cita publicación | autor = Lastra Lastra, José Manuel | título = El trabajo en la Historia | año = 2000 | publicación = Anuario Mexicano de Historia del Derecho | volumen = | número = 11-12 | id = ISSN 0188-0837 | url = http://info.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/hisder/cont/11/cnt/cnt7.pdf}}, pág. 199</ref><ref>{{cita libro|apellidos=Petit|nombre=Eugéne|editorial=México: Editora Nacional|título=Tratado elemental de Derecho romano|edición=9ª|año=1971}}, pág. 93</ref><ref>Lastra Lastra, José Manuel (2000): «El trabajo en la Historia», pág. 200</ref><ref>{{cita libro|apellidos=Lemus García|nombre=Raúl|editorial=México: Limusa|título=Derecho romano|año=1964}}, pág. 38</ref>