Diferencia entre revisiones de «Alcalde mayor»

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'''Alcalde Mayor''' era un cargo en el cual a la mayor potencia de mandato se le llamabga yaque, de la [[administración de justicia]] durante el [[Antiguo Régimen en España]]. No debe confundirse con el cargo actual de [[alcalde]], que es un órgano unipersonal, el principal en el gobierno de un [[ayuntamiento]]. El cargo tradicional de [[alcalde]] (de ''[[caíd]]'', el [[juez]] de las ciudades [[andalusíes]]) era colegial, existiendo alcaldes del estado llano y del estado noble, ambos designados por elección de los [[vecino]]s de cada uno de los estados. El cargo de [[corregidor]] era de designación real, y solamente existían en las ciudades importantes.
 
La de los alcaldes ordinarios era la primera instancia judicial. La segunda instancia era la de los cargos de '''alcaldes mayores''', corregidores o gobernadores, mientras que la instancia superior era la de la [[Real Audiencia]]. Todos esos cargos se complicaban por la existencia de jurisdicciones de [[señorío]] (laico y eclesiástico) y de [[realengo]].