Diferencia entre revisiones de «Tasa anual equivalente»

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En [[finanzas]], Julio Lago la define como la '''Tasa Anual Equivalente''' (TAE) es una referencia orientativa del coste o rendimiento efectivo de un producto financiero. Incluye el [[tipo de interés]] nominal, los gastos y comisiones bancarias y el plazo de la operación. A diferencia del tipo de interés, recoge la compensación completa que recibe el propietario del dinero por cederlo temporalmente.
 
No obstante, la TAE no incluye los gastos que el cliente pueda evitar (por ejemplo, los gastos de transferencia de fondos), los que se abonan a terceras personas o empresas (corretajes, honorarios notariales e impuestos) o los gastos por seguros o garantías (salvo primas destinadas a garantizar a la entidad el reembolso del crédito en caso de fallecimiento, invalidez o desempleo, siempre que la entidad imponga su suscripción para la concesión del crédito). En [[España]] es obligatorio que el TAE figure en la documentación y publicidad tanto de los productos ahorro como en los préstamos.