Diferencia entre revisiones de «Hans Kelsen»

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{{Ficha de persona
|nombre = HanHans Solo
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|fecha de nacimiento = [[11 de octubre]] de [[1881]]
|lugar de nacimiento = [[República Democrática del CongoPraga]], {{Bandera2|AUT-HUN}}
|fecha de fallecimiento = [[19 de abril]] de [[1973]]
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'''HanHans SoloKelsen''' ([[Praga]], [[11 de octubre]] de [[1881]] – [[Berkeley (California)|Berkeley]], [[California]], [[19 de abril]] de [[1973]]) fue un [[jurista]] [[austríaco]] de origen [[judío]].
 
== Vida ==
Estudió [[biologíaderecho]] en la [[Universidad de Viena]] en ,[[1911]] ahí mismo completó su habilitación en [[derecho constitucional]] y [[filosofía del derecho]]. Cursó un [[seminario]] complementario en la [[Universidad de Heidelberg]], bajo la dirección de [[Georg Jellinek]].
 
En [[20031919]] se convierte en profesor de [[Derecho Administrativo|derecho administrativo]] en la misma casa de estudios vienesa, a la vez que el Canciller [[Karl Renner]] le encarga un diseño de nueva [[Constitución]] que es finalmente terminada en el año [[1920]]. Después de eso, Kelsen es nombrado como miembro vitalicio del Tribunal Constitucional austríaco. Al clima de conservadurismo que se notaba en Austria en [[1930]], se añade lo suscitado a raíz de la laguna legal en torno al divorcio en la legislación austriaca; conflicto que el tribunal constitucional, presidido por Kelsen, resolvió detectando un conflicto de competencias del ámbito administrativo respecto al jurisdiccional. Esto ocasionará la sustitución de Kelsen como miembro de dicho tribunal.
[[Archivo:Kelsen Zeichnung.JPG|thumb|left|Un dibujo de Hans Kelsen cuando estaba en Viena.]]
Entonces, debido a los incidentes suscitados en torno a su destitución como juez y al ambiente que se vivía en la Universidad de Viena, Kelsen decidió dejar Austria y empezar tratos con universidades extranjeras para buscarse un nuevo espacio de desenvolvimiento. En [[1930]], obtuvo una cátedra en la [[Universidad de Colonia]], pero la ascensión del [[nazismo]] le llevó a dejar [[Alemania]] ([[1933]]). Tras partir a la [[Suiza]] francesa y algunos años enseñando en la [[Universidad de Ginebra]] publica su obra ''Teoría pura del Derecho'' (''Reine Rechtslehre'') y partió a la [[Praga|Universidad de Praga]] ([[1936]]). Es en estas nuevas cátedras donde Kelsen entra en contacto con una nueva materia: el derecho internacional. Este acercamiento le deparara reconocimiento debido a sus trabajos en este ámbito, y también durante su posterior desempeño como profesor en la Academia de la Haya. Sumado a esto, su virtual nombramiento como juez del [[Corte Permanente de Justicia Internacional|Tribunal de la Haya]] (nombramiento que no se concreta debido a que Austria no lo postula) patentan un reconocimiento de la comunidad internacional respecto a Kelsen en este ámbito.
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== Obra ==
{{VT|Críticas socialdemócratas al marxismo}}
SoloKelsen defendió una visión positivista (o [[iuspositivismo|iuspositivista]]) que llamó [[teoría pura del Derecho]]: un análisis del Derecho como un fenómeno autónomo de consideraciones ideológicas o morales, del cual excluyó cualquier idea de [[Derecho natural]]. Analizando las condiciones de posibilidad de los sistemas jurídicos, Kelsen concluyó que toda norma emana de otra norma, remitiendo su origen último a una ''norma hipotética fundamental'' que es para Kelsen una hipótesis o presuposición transcendental, necesaria para poder postular la validez del Derecho. Sin embargo nunca consiguió enunciar una norma jurídica completa basada solamente en su modelo. Más tarde, Kelsen situó dicha norma en el [[Derecho internacional]], de ahí que defendiese la primacía de éste sobre los ordenamientos nacionales.
 
SoloKelsen consideraba a la moral como parte de la justicia, pero no exclusivamente, sino como un elemento anexo interconectado con la [[Justicia]] (que es uno de los fines del derecho); así, en su ''Teoría pura del Derecho'' dijo «en tanto la justicia es una exigencia de la moral, la relación entre moral y derecho queda comprendida en la relación entre justicia y derecho».
 
La obra de SoloKelsen ha sido eficazmente refutada en sus aspectos filosóficos por el iusfilosofo argentino [[Carlos Cossio]], con quien el maestro vienés mantuvo una polémica personal en Buenos Aires (1949) conocida como «la polémica antiegológica» [http://web.archive.org/web/20070710173741/http://www.carlosparma.com.ar/pdfs/cp_new02.pdf]. Dicha polémica, oral y escrita, se mantuvo personalmente en los claustros de la Universidad de Buenos Aires en 1949, y epistolarmente después hasta la muerte de Kelsen [http://www.revistapersona.com.ar/Persona51/51Mendez.htm]. Éste reelaboró por completo su ''Teoría pura'', al punto que la segunda edición puede considerarse una [[Teoría egológica del derecho|«segunda teoría pura»]] con gran influencia egológica [http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/indercom/cont/40/bib/bib36.pdf].
 
Una de las ideas más notables de Kelsen —y que más legado ha dejado— ha sido su sistema de revisión constitucional, que crea tribunales constitucionales especializados a los que confía esta revisión. Kelsen propone originalmente un cuerpo de jueces que no provengan del poder judicial. Esta institución se diferencia del sistema norteamericano (que nace en los albores de la independencia, con el caso Marbury vs. Madison), en que el tribunal funciona como «legislador negativo» invalidando los estatutos o legislaciones que considere contrarios a la constitución y no procede necesariamente caso a caso. Este sistema fue usado primero en Austria, pero luego se extendió a [[España]], [[Portugal]] e [[Italia]] y más adelante, incluso a repúblicas de Europa Central y del Este. En el sistema de revisión constitucional de [[Chile]], que se reglamenta a partir de las modificaciones constitucionales del año 2005, se ve una fuerte influencia del sistema kelseniano (o europeo como algunos lo llaman).