Diferencia entre revisiones de «Derecho ambiental»

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==Fundamentos jurídicos==
En el artículo 414. [[Constitucional]]<ref>Lee, Art. 4o. CPEUM. </ref> primer párrafo dice: " Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente de la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.
 
El Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos expide la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental, la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de junio del 2013, entra en vigor un mes después el 7 de julio del mismo año. Se crea con el objeto de regular la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichos daños; y que viene a complementar nuestras leyes ambientales.