Diferencia entre revisiones de «Dhimmi»

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La ''dhimmah'' (en árabe ذمّة, que significa "pacto" u "obligación") es un concepto del [[Sharia|Derecho Islámico]], de acuerdo con el cual los judíos y los cristianos (y en ocasiones los miembros de otras religiones consideradas monoteístas, como los [[Zoroastro|zoroastrianos]]), llamados genéricamente "pueblos del Libro", viven bajo la «protección» del [[sultán]] o gobernante musulmán, con derechos y deberes «diferenciados». Típicamente, la "gente de la dhimmah" está exenta del servicio militar y del impuesto religioso, llamado [[azaque]] o zakat, pero en su lugar debe pagar un [[impuesto per cápita]], denominado [[yizia]] (جزية), y un impuesto sobre la tierra ([[jaray]]), además de acatar la autoridad del sultán. Asimismo tiene derecho a practicar su fe (aunque con severas limitaciones) y a tener sus propios jueces en cuestiones civiles, tales como matrimonios, divorcios, sucesiones, etc.
 
En la práctica, el tratado es inseguro e inestable y condena a una enorme precariedad a los no musulmanes, ya que basta una decisión unilateral de la autoridad islámica y el pacto puede suspenderse en cualquier momento, o imponerse nuevos [[impuesto]]s de forma arbitraria, o secuestrar a los jefes espirituales de los ''dhimmisdhimmíes'' y pedir rescate por ellos, o practicar el [[devşirme]] o «impuesto de sangre» (el reclutamiento y conversión forzosa de [[niño]]s para integrarlos a las tropas), que los sultanes del [[Imperio otomano]] practicaron durante tres siglos contra los cristianos de los [[Balcanes]], lo que suponía en principio una franca violación de la ''dhimmah''.
 
== Funcionamiento ==
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Teniendo presente el vínculo existente entre los ''dhimmis'' y los impuestos que deben pagar, cabe mencionar cómo se sustentaba la economía en [[Al-Ándalus]]. El Tesoro Público era una pieza clave del califato cordobés. Su sede se hallaba en el [[alcázar]] de la capital de Al-Andalus. Los tesoreros eran elegidos entre los miembros de la aristocracia cordobesa, aunque también gentes de otras religiones podían acceder al cargo siempre que gozaran de la confianza del [[califa]].
 
Las rentas que recibía el Estado se centralizaban en la ciudad de [[Córdoba (España)|Córdoba]]. Las rentas se nutrían de la limosna legal aprobada por los creyentes musulmanes y de los impuestos cobrados a los ''dhimmisdhimmíes''. Mientras que los musulmanes entregaban un diezmo de sus bienes muebles, los ''dhimmisdhimmíes'' estaban sujetos a un [[impuesto]] deper capitacióncápita ]] personal y otro territorial, ambos mencionados anteriormente. También contribuían, pero en menor medida, contribuían a la hacienda pública los tributos pagados por monarcas cristianos y las tasas extraordinarias. Entre éstas se encuentra, por ejemplo, la que gravaba la producción artesanal, el [[comercio]] y la aportación solicitada al pueblo para financiar el ejército.
 
La presión fiscal que se ejercía sobre los súbditos era muy desigual, pues los ''dhimmisdhimmíes'' eran sometidos a una presión fiscal que en ocasiones triplicaba a la de los súbditos musulmanes. Esta circunstancia pudo influir en la conversión al [[Islam]] de un gran número de cristianos empobrecidos que no podían pagar los tributos, aunque en los primeros siglos de la expansión islámica (siglos VIII al X d. C.) algunas autoridades musulmanas impidieron tales conversiones masivas en tanto implicaban indirectamente una merma en los ingresos tributarios del califato (pues tras la conversión al [[Islam]] un ''dhimmidhimmí'' ganabaobtenía el derecho a pagar menos tributos).
 
En general, los historiadores coinciden en que, pese a las diferencias de grado entre unos periodos y otros, jamás hubo igualdad social entre musulmanes y no musulmanes, aunque unos le dan más relevancia que otros a este hecho. Por ejemplo, la especialista en Oriente Medio [[Bat Ye'or]] –que ha dedicado 20 años y varias obras<ref>Bat Ye'or, ''The Dhimmi: Jews and Christians Under Islam'' (1985), ''The Decline of Eastern Christianity: From Jihad to Dhimmitude'' (1996)</ref> al fenómeno de la dhimmitud– sostiene que la vida de los ''dhimmisdhimmíes'' era sumamente difícil, y lo ilustra a través del análisis de las masacres contra infieles acontecidas en las primeras conquistas, las posteriores humillaciones una vez ocupadas las tierras, el opresivo sistema fiscal, el saqueo y el pillaje de casas, [[iglesia]]s y [[sinagoga]]s, las conversiones forzosas (a su juicio, mucho más numerosas de lo que habitualmente se suponía), etc. Pero incluso otros historiadores, que tienen una visión mucho más benévola y apologética de la historia del Islam, como [[Bernard Lewis]], S.D. Goitein y [[Norman Stillman]], coinciden en que los ''dhimmíes'' estaban sometidos a una situación legal y social de manifiesta inferioridad que, en general, fue empeorando progresivamente a medida que el mundo islámico se debilitaba. Por ejemplo, Stillman, en su estudio histórico general de los siglos VII a IX, y que incluye traducciones de importantes documentos, afirma:
 
{{cita|«La jizya y el kharajjaray [los impuestos] eran una carga aplastante para los campesinos no musulmanes, que apenas lograban sobrevivir en una economía de subsistencia. [...] La principal preocupación de las autoridades musulmanas era que se pagaran todos los impuestos y que los ''dhimmidhimmíe'' reconocieran de diversas maneras, unas más humillantes que otras, el dominio del islamismo. Mientras cumplieran los no musulmanes, se les permitía un autogobierno de cierta amplitud. No obstante, ni siquiera en sus propios asuntos comunales estaban totalmente libres de la supervisión del gobierno y, a veces, de una manifiesta injerencia.»<ref name=autogenerated1>Norman Stillman, ''The Jews of Arab Lands'', Filadelfia, 1979</ref>|Norman Stillman}}
 
La discriminación social por motivos religiosos estaba institucionalizada en los regímenes islámicos y era inherente a las leyes y costumbres sociales:<ref>C. E. Bosworth, "The Concept of Dhimma in Early Islam", en ''Christians and Jews in the Ottoman Empire, Benjamin Brande and B. Lewis (eds.), 2 vols. Nueva York, 1982.</ref> un musulmán no podía ser condenado a pena capital por el asesinato de un infiel. El valor en tribunales musulmanes del testimonio de los dhimmíes era inferior al de los súbditos islámicos, al igual que la indemnización en los casos de venganzas de sangre. Las acusaciones de [[blasfemia]] contra los dhimmíes eran habituales y el castigo era la muerte. Como los ''dhimmi'' no podían testificar en un tribunal para defenderse, debían obligatoriamente convertirse al Islam para salvar la vida. Existía un severo tabú matrimonial contra los ''dhimmíes'' varones, que eran castigados con la muerte si mantenían relaciones sexuales con una mujer musulmana o si se casaban con ella; además existían leyes desiguales en las [[Herencia (Derecho)|herencias]], las discriminaciones en el vestido, en el uso de animales o en ciertos oficios, entre otras, como la estricta prohibición a los ''dhimmis'' de tener servidores musulmanes.