Diferencia entre revisiones de «Responsabilidad del Estado»
Contenido eliminado Contenido añadido
m Revertidos los cambios de 181.232.73.165 (disc.) a la última edición de Eduardosalg |
|||
Línea 19:
== Régimen jurídico por países ==
En cuanto a los regímenes que adoptan esta responsabilidad se acepta generalmente que el Estado debe reparar los daños que se hayan provocado por "falta de servicio" (imitando el [[régimen francés]]) o "actuación anormal de los [[Institución Pública|órganos públicos]]", es decir, siempre es necesario probar un reproche a la actividad administrativa.
Sin perjuicio de lo anterior, existen ciertos casos en que ello no es necesario y el Estado debe responder de todo daño, incluso de aquellos provocados por su actividad "normal" (como por ejemplo en [[España]] y [[México]]).
|