Diferencia entre revisiones de «Diario oficial»

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El '''diario oficial''', '''boletín oficial''', '''gaceta oficial''', '''registro oficial''' o '''periódico oficial''' es el [[prensa escrita|medio de comunicación escrito]] que un [[Estado]], o una [[organización internacional]] o regional, utiliza para [[publicación (Derecho)|publicar]] sus [[norma jurídica|normas jurídicas]], tales como [[constitución|constituciones]], [[tratado internacional|tratado]]s, [[ley]]es, [[decreto]]s y [[reglamento]]s, y otros actos de naturaleza pública.
 
Una vez que las normas o decisiones han sido aprobadas o [[sanción (Derecho)|sancionadas]] por el o los respectivos órganos de los [[poderes del Estado]] ([[poder legislativo]], [[poder ejecutivo]] y [[poder judicial]]), deben ser [[promulgación y publicación|promulgadas y publicadas]] para que tengan efectos jurídicos, y por tanto sean acatadas y reconocidas como parte del [[ordenamiento jurídico]] del Estado. Esto con base en el principio de que la ley debe ser conocida por el público para que sea [[:wikt:legitimidad|legítima]].
 
En algunas situaciones, particularmente en [[América Latina]], cuando la norma aprobada requiere [[secreto|reserva]], por referirse a temas de la [[defensa nacional]] o labores de [[inteligencia]], se publica una [[separata]] de circulación restringida o reservada. En esos casos de habla de «[[leyes secretas]]».