Sistema de liquidación directa

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El Sistema de Liquidación Directa es un moderno método de cotización que mejora la gestión liquidatoria y recaudatoria de la Tesorería General de la Seguridad Social en España.

Se regula en el artículo 22 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en la Ley 34/2014, de 26 de diciembre de medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social.

Diferente de la plataforma de Sistema RED, el Sistema de Liquidación Directa (SLD) viene más bien a sustituir el modelo de cotización con respecto al anterior denominado RED Internet.[1]

Por tanto, el SLD consiste en un cálculo individualizado de cuotas correspondiente a cada trabajador realizado por la TGSS en función de la información que disponga y de aquella otra que deba ser proporcionada por el sujeto responsable del cumplimiento de la obligación de cotizar.[2]

Características

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  • Es un modelo de Facturación: Es la TGSS el que realiza los cálculos y los usuarios deben remitir las bases que deberá coincidir con los cálculos realizados por la TGSS
  • Cálculos a nivel de trabajador: A diferencia del anterior modelo que iba a nivel de empresa
  • Simplificación del procedimiento de presentación: Al realizar los cálculos la TGSS, los autorizados deberán informar los datos no disponibles (bases, horas, etc).
  • Mayor control de la TGSS: La liquidación solo será confirmada cuando las comunicaciones sean semejantes a lo que dispone la TGSS en su base de datos.
  • SILTRA[3]: Como software de gestión y comunicación de los ficheros, viene a suplir al programa Winsuite32 del anterior método.
  • Información más detallada de afiliación: En todo momento se podrán consultar los cálculos e información de los trabajadores.

Regímenes adheridos

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  • Régimen general que engloba el Sistema Especial Agrario, el Sistema Especial de Frutas, Hortalizas e industria de conservas vegetales)
  • Régimen de Artistas
  • Régimen Especial de los Trabajadores del Mar
  • Régimen Especial de la Minería del Carbón
  • Régimen Especial de Representantes de Comercio

Se excluyen de la presentación los siguientes sistemas:

  • Régimen Especial de Trabajadores por cuenta Propia o Autónomos
  • Sistema Especial Taurino
  • Sistema Especial de Empleados del Hogar

Referencias Legales

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  • La Ley 34/2014, de 26 de diciembre, implanta la liquidación directa de cuotas de la Seguridad Social por la Tesorería General
  • Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Artículo 22
  • Boletines de Noticias RED:[4]​ Se publican las nuevas funcionalidades así como actualizaciones y normativa aplicable.
  • Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se fija la fecha a partir de la cual las resoluciones por las que se acuerde la incorporación al sistema de liquidación directa de cuotas de los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, se notificarán electrónicamente.

Otras Referencias

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  1. «¿Qué es el Sistema de Liquidación Directa?». Ayuda Gestorias (España). p. https://Ayudagestorias.es. Consultado el 30 de julio de 2018. 
  2. «Manual SLD Seguridad Social» (PDF). 
  3. El Nuevo Empresario. «SILTRA». 
  4. «Boletines de Noticias RED Seguridad Social».