Testigo de fe o ministro de fe es un término que tiene dos acepciones: una religiosa y otra jurídica y que indica a aquellas personas que por cuya vocación o investidura se consideran ministros (testigos) de fe para dar un determinado testimonio que es considerado de probidad irrefutable en sus respectivos ámbitos.

Religión editar

En la religión cristiana, el testigo de fe es aquella persona que por su vocación, reconocido grado de santidad y obras es considerado testigo de la fe que profesa. Es el caso de los papas, personas beatas o determinados dirigentes de entidades cristianas.[1][2]

Jurídico editar

 
El policía de tránsito es considerado testigo de fe en los Juzgados de Policía

En el poder judicial (y financiero), se consideran testigos o ministros de fe ante la Ley a:

Referencias editar

  1. Ministros de Fe laicos
  2. Testigos de la Fe
  3. Ministros de fe
  4. «Ministros de fe judiciales». Archivado desde el original el 11 de enero de 2012. Consultado el 30 de agosto de 2012. 
  5. «Ministros de fe financieros». Archivado desde el original el 2 de septiembre de 2012. Consultado el 30 de agosto de 2012.