Usuario:Gilberto IV/Pruebas/Agencia para la Planeación del Desarrollo Urbano de Nuevo León

26 de febrero de 2004. I. Establecer procesos de planeación urbana que le corresponde al Estado en forma permanente y continua que establezcan certidumbre para el desarrollo urbano de la Entidad; II. Coordinar la elaboración del Plan Estatal de Desarrollo Urbano, los planes sectoriales y los planes de las zonas conurbadas, así como proponer soluciones en base a estudios de viabilidad y planeación financiera; III. Planear, proponer y elaborar programas urbanos para el fortalecimiento de un sistema de ciudades, que atienda el balance urbano-rural; IV. Diseñar modelos de planeación urbana y logística metropolitana; V. Auxiliar y asesorar técnicamente al Titular del Ejecutivo Estatal en la instrumentación y aplicación de los planes que se deriven del Sistema Estatal de Planeación de Desarrollo Urbano y de la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León aplicables; VI. Convenir en materia de desarrollo urbano con los municipios involucrados y en su caso con las dependencias federales lo referente a la red vial cuando esta sea de carácter estatal, intermunicipal o incida en zona conurbada; VII. Coordinar las acciones de planeación urbana con las dependencias y entidades de la administración pública estatal centralizada y descentralizada, incluyendo la elaboración del Sistema de Información Geográfica para la Planeación del Desarrollo Regional y Urbano; VIII. Planear las reservas territoriales en el Estado que beneficien la implementación de los proyectos urbanos estratégicos y el crecimiento territorial ordenado a través del fortalecimiento del Estado en el manejo de la tierra; IX. Elaborar programas metropolitanos y estatales de equipamiento urbano estratégico; X. Promover la participación ciudadana por medio de consultas públicas en el proceso de elaboración de estudios, planes y proyectos de desarrollo urbano; XI. Promover la planeación incluyente de los sectores público, social y privado con la finalidad de elaborar, actualizar o modificar el Sistema Estatal de Planeación del Desarrollo Urbano; XII. Representar al Estado en materia de Desarrollo Urbano ante las instancias públicas de otros Estados y del Gobierno Federal, así como del ámbito internacional, respecto de los planes, programas o proyectos de desarrollo urbano que incidan en el Estado; XIII. Ejercer las atribuciones de planeación contenidas en la Ley de Ordenamiento Territorial de los Asentamientos Humanos y de Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, en materia de planeación del desarrollo urbano y ordenamiento territorial; y XIV. Ejercer las demás atribuciones que como entidad pública le encomienden las disposiciones legales que regulen la materia de desarrollo urbano. Estuvo integrada por: Martin Armenta (originario de Cocula, Jalisco, fundador y trompetista, en su momento se le consideró como uno de los mejores trompetista a nivel nacional e internacional), Francisco Gómez "El Glostora" (contrabajo), César Sosa (acordeón), Francisco García (acordeón), Antonio Caudillo (batería) y Roberto Castro (batería, sustituyendo a Caudillo).