Usuario:Innassio/Taller/Edad actuarial

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La edad actuarial es un dato esencial en el sector de los seguros de vida. Será el método y la herramienta que utilizan las compañías aseguradoras para calcular, con mayor precisión, el precio de la prima de cada póliza.[1]

Definición

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La edad actuarial es la que aparece en el contrato del seguro de vida y se establece en el mismo momento de contratación, o renovación anual, de la póliza a partir de la fecha más próxima del cumpleaños de la persona asegurada.[2]​ Es decir, esta edad está condicionada por la fecha de nacimiento más cercana al momento en el que acuerda el contrato de protección de vida.[1]

Cómo se calcula

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Puesto que depende del cumpleaños más próximo del asegurado, la edad actuarial será diferente si esta fecha se ha alcanzado o no. De esta manera, toda persona que haya cumplido años dentro de un período menor de seis meses tiene, como edad actuarial, la última edad que ha cumplido; por su parte, para todos aquellos cuyo cumpleaños haya sido hace más de seis meses, su edad actuarial será la próxima que va a cumplir en su siguiente cumpleaños, añadiendo un año más a su edad real.[3]

Cómo se calcula la edad actuarial
Si el cumpleaños del asegurado fue hace menos de seis meses... La edad actuarial será la misma que la última que ya ha cumplido
Si el cumpleaños del asegurado fue hace más de seis meses... La edad actuarial será la próxima que va a cumplir posteriormente

Uso en el seguro de vida

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La edad actuarial es un dato que cada aseguradora considera a efectos de tarificación del riesgo para cada póliza de vida. Como tal, esta edad es la que se toma como referencia para suscribir el seguro de vida.[4]​ De esta manera, se prestará atención a las probabilidades de fallecimiento y su variación a partir de la vejez de la persona a asegurar: el riesgo de protección varía según cada perfil y en función de la edad del asegurado; esto se debe a que, al envejecer, el peligro crece cada año a un ritmo de entre el 5% y el 10%, de media. Así, resulta que, para las compañías aseguradoras, es esencial asignar a cada persona que contrata sus coberturas la edad actuarial correcta para determinar su tarifa adecuada, pues, según cada caso, ellas también asumirán mayor o menor riesgo.

Con esta base, se entiende el cálculo a aplicar para la asignación de esta edad y es que, en solo medio año, el riesgo aumenta. Esto justifica que, si han pasado más de seis meses desde el cumpleaños del asegurado, se le aplique el incremento de un año a su edad real para calcular la actuarial, pues ya ha envejecido durante más tiempo que otra persona cuyo cumpleaños fuera hace menos de seis. Por su parte, en estos casos, la edad real es la misma que la edad actuarial a aplicar.[5]

No obstante, y ante dicho funcionamiento, los cómputos basados en edad actuarial no resultan completamente aconsejables, pues pueden sobrestimar la mortalidad sin observar otros factores determinantes (estado de salud, profesión, etc.). Por ello, cuando se apliquen cálculos a partir de la edad actuarial, se recomienda que las tarifas, ya sea en cada mes, quincena, semana o día, diferencien, entre los asegurados, por un lado, a aquellos que pertenecen a una generación más antigua y, por otro, a los que pertenecen a la siguiente, según la edad que hasta la fecha se haya completado. Así, tal recomendación guía una metodología en la tarificación determinada para evaluar el caso personal de cada asegurado a partir de tres puntos esenciales:

  1. El período cronológico para la tarifa de la prima.
  2. La edad completada y su fecha.
  3. Otras variables que resulten actuarial y efectivamente significativas.[6]

Véase también

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Referencias

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  1. a b «Edad actuarial: qué es, cómo funciona... - Traetupóliza». Traetupoliza. Seguros de vida que cumplen para proteger a tu familia. 19 de octubre de 2021. Consultado el 28 de junio de 2022. 
  2. Mutualidad de previsión social: Fondo de Asistencia Mutua del Colegio de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. «SEGUROS DE VIDA: Condiciones generales. Mutualidad de previsión social» (PDF). p. 5. Consultado el 28 de junio de 2022. 
  3. «edad actuarial». www.expansion.com. Consultado el 28 de junio de 2022. 
  4. RAE. «Definición de edad actuarial». Diccionario panhispánico del español jurídico - Real Academia Española. Consultado el 28 de junio de 2022. 
  5. «ADC21 - Nº6 Segundo Semestre 2020». Col·legi d´Actuaris de Catalunya (en catalán). Consultado el 28 de junio de 2022. 
  6. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (28 de diciembre de 2020), Resolución de 17 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, relativa a las tablas de mortalidad y supervivencia a utilizar por las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y por la que se aprueba la guía técnica relativa a los criterios de supervisión en relación con las tablas biométricas, y sobre determinadas recomendaciones para fomentar la elaboración de estadísticas biométricas sectoriales (Resolución), pp. 121566-121602, consultado el 28 de junio de 2022 .

Enlaces externos

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