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La justificación en la teología cristiana editar

La justificación en la Biblia editar

En hebreo se emplea la palabra sedeq o sedaqah que derivan del verbo que significa ser justo o declarar que tal persona es justa o incluso hacer justo en relación con el pecado (cf. Is 53, 11) aunque la mayor parte de las veces en que aparece en con sentido judicial más que espiritual. En los escritos del libro de Isaías se habla de la salvación ofrecida por Dios al pueblo de Israel de manera gratuita implicando con ello la justificación de sus pecados. Pero también como premio a la fe (cf. Gn 15, 6).

En las cartas de Pablo se usa la expresión δικαίωσις (cf. Rm 4, 25; 5, 18) o δικαίωμα (cf. Rm 5, 16). El sentido dado es el de “hacer justo” por don gratuito.

La teología cristiana no se dedicó directamente al tema de la justificación sino a través de las disputas relacionadas con la gracia divina. Solo a partir de las controversias de la Reforma se dedica atención a su sentido.

En la Reforma editar

Durante el período de la reforma, los teólogos así llamados protestantes criticaban la teoría tradicional católica, pues el hombre ya justificado no dependería ni necesitaría del “Cristo vivo” para salvarse.[1]​ Lutero llegó a decir que el tema de la justificación era el punto que “hace que la Iglesia se mantenga en pie o caiga” (articulus stantis vel cadentis Ecclesiae) y es la razón por la que arremetió contra la indulgencias ya que serían una forma de pelagianismo: el hombre se creería justificado por sus obras.

La única forma que el hombre tiene de alcanzar la justificación, según Lutero, es la fe sola que es confianza en que Dios con su misericordia perdona al pecador. El perdón así recibido no anula la falta sino que Dios decide no hacer caso de ella, obviarla, ya que, según afirma Lutero, la concupiscencia –que es parte de la naturaleza corrupta del hombre– se identifica con el pecado original. De ahí que pueda afirmar que el hombre justificado a la vez es justo y pecador.[2]​ La fe ha de efectuarse por obras.

Se realizó un intento de conciliación a través de la teoría de la doble justificación que sostenían los profesores de Colonia (Pighi y Gropper): la justificación se recibe por Jesucristo y somos realmente justificados por Él. Ahora bien, el hombre es llamado justo por sus obras de acuerdo con los mandamientos.[3]​ Pero fue rechazada tanto por el Papa como por Lutero.

Concilio de Trento editar

El concilio de Trento afrontó el tema de la justificación en la sesión VI y dio lugar a un decreto aprobado el 13 de enero de 1547, texto que es considerado el más importante del concilio.[4][5]​ Las discusiones se prolongaron por siete meses ya que se trataba del tema más conflictivo en las discusiones con los luteranos. El decreto consta de 33 cánones y, novedad, un cuerpo doctrinal de 16 capítulos. Según H. Küng este tratamiento del tema elevó la justificación a tratado dentro de la teología sistemática al igual que lo hacen los protestantes.[6]

Inicia recordando la situación en la que se encontraban los hombres tras el pecado y subrayando el hecho de que aunque la naturaleza había sido dañada, se mantenía el libre albedrío. Luego considera la redención obrada por Jesucristo y recuerda que no todos los hombres sin distinción se salvan o han sido justificados sino solo aquellos que renacen en Él por el bautismo o por el deseo de este. Sin embargo, recuerda que es necesaria tanto la acción divina de la gracia –que realiza la justificación del pecado original y de los pecados personales– como la libertad y las obras que disponen al alma a recibir la justificación. La justificación implica ese aspecto negativo del perdón de los pecados pero también la elevación, santificación y renovación del hombre. Sobre las causas de la justificación afirma que la gloria de Dios y de Jesucristo así como la vida eterna son su causa final. La causa eficiente es Dios mismo. La causa meritoria es Jesucristo. La causa instrumental es el bautismo. La causa formal es la santidad divina.

A continuación el decreto confirma –citando textos de la Biblia– que no basta la fe sola para la justificación ya que se trata de actuar las tres virtudes teologales y vivir los mandamientos. La fe es principio, inicio, fundamento o raíz de la salvación y esta viene gratuitamente pues se trata de un don. Con la tradición de los escritos de los Padres de la Iglesia, el decreto reafirma que es posible al hombre justificado por medio de la gracia vivir los mandamientos.

La definición de justificación ofrecida por el decreto es la siguiente:

El paso del estado, en que el hombre nace hijo del primer Adán, al estado de gracia y de adopción de hijos de Dios por el segundo Adán, Jesucristo salvador nuestro
DS 1524

En el diálogo ecuménico del siglo XX editar

El tema de la justificación ha estado siempre presente en los encuentros entre protestantes, especialmente luteranos, y católicos. En 1957, Hans Küng publicó un libro sobre la justificación en Karl Barth que contribuyó a minimizar los puntos controvertidos, así como se inició una serie de estudios sobre esta temática en la teología. Así, desde 1972 se han publicado diversos documentos interconfesionales[7]​ que liman las diferencias aunque también subrayan los elementos incompatibles.

El documento más importante es la declaración conjunta que [8]​ el cardenal Edward Idriss Cassidy, entonces prefecto del Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos firmó con el obispo Christian Krause, presidente de la Federación Luterana mundial el 31 de octubre de 1999 –fecha simbólica pues es aniversario de la publicación de las 95 tesis por parte de Lutero– en Augsburgo. Lo más sustancial además de aclarar ambos puntos de vista y recordar aquellos elementos comunes que aunque con lenguajes diferentes se mantienen en ambas teologías, es que en este documento se afirma que si las teologías católicas y protestantes son como las resume el texto, no hay ocasión de condena de unos a otros (cf. núm. 41).

Notas editar

  1. Véase, por ejemplo, el comentario de Lutero a la carta a los Gálatas (Obras completas según la edición Weimar 40.1, 220).
  2. R. HERMANN, Luthers These Gerecht und Sünder zugleich, Gütersloh 1960.
  3. Cf. J. LE PLAT, Monumentorum ad historiam concilii Tridentini potissimum illustrandam spectantium amplissima collectio, Lovaína 1784, pp. 15-16.
  4. Cf. AA.VV, Historia de los dogmas, véase bibliografía, pág. 251.
  5. Texto en español.
  6. H. KÜNG, La justificación, Estela, Barcelona 1967, pág. 106.
  7. Véase ADOLFO GONZÁLEZ MONTES, Justificados en Jesucristo. La justificación en el diálogo ecuménico actual, Bibliotheca Oecumenica Salmanticensis 14, Salamanca 1989.
  8. Texto de la declaración en la página del Vaticano

Bibliografía editar

  • Enciclopedia de la Biblia, Ediciones Garriga S.A., Barcelona 1964
  • FLICK M. - ALSZEGHY Z., Antropología teológica, Ediciones Sígueme, Salamanca 1971
  • AA.VV., Historia de los dogmas: El hombre y su salvación, Secretariado Trinitario, Salamanca 1996, ISBN 84-88643-24-1
  • LUIS LADARIA, Teología del pecado original y de la gracia, BAC, Madrid 1993, ISBN 84-7914-106-9