Discusión:Código de Derecho Canónico

Último comentario: hace 11 años por Franco68 en el tema Código de 1917
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Fusión editar

Elimino la fusión con Derecho canónico, toda vez que este se nutre, no sólo de las normas que figuran en el Código de Derecho Canónico, sino también de las diposiciones del Papa dentro de sus facultades y de las interpretaciones jurídicas que del Código realizan los tribunales a través del Pontificio Consejo para la Interpretación de los Textos Legislativos. --petronas 18:46 27 jul, 2005 (CEST)

Código de 1917 editar

Sería sumamente interesante incluir un link a la versión en español del Código de 1917. Espero que sea posible.--F68 (discusión) 06:30 28 dic 2012 (UTC)Responder

Si existe y lo tienes a mano, ¡adelante!--Tenan (discusión) 09:42 28 dic 2012 (UTC)Responder
No lo tengo, ni siquiera se si existe (tal vez no, pues en 1917 todos los sacerdotes sabían latín), solo lo estaba proponiendo para quienes no lo sabemos--F68 (discusión) 01:01 29 dic 2012 (UTC)Responder
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