Discusión:Escudo de Genicera

Último comentario: hace 3 años por David Ll L en el tema Título
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Título

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Hola @David Ll L: ¿cómo denominan las fuentes a este escudo?. Lo pregunto porque quizás convendría cambiar el título al artículo, tal y como está puede dar a entender que trata sobre el escudo que representa a la localidad, cuando no es así. Un saludo. --Rodelar (hablemos) 11:36 12 jun 2021 (UTC)Responder

Buenos días @Rodelar: si mal no recuerdo, el título que el autor da a los diferentes escudos es simplemente es el de la localidad, es decir, en este caso el título es Genciera. Aun así, como ese libro lo consulté en el Instituto Leonés de Cultura no tengo ahora mismo disponibilidad de él, pero tengo posibilidades de consultarlo con el personal. Me surgió también la misma duda cuando estaba redactando el artículo, porque no sabía cómo diferenciarlo del escudo que representa a la localidad, por lo que me decidí a publicarlo de esta manera, aunque si fuera necesario, se redireccionara a Escudo heráldico de Genicera, Escudo heráldico nobiliario de Genicera o Escudo nobiliario de Genicera (si alguna de estas opciones pudiera ser más representativa). En cuanto al libro de Juan José Badiola, no aparece ningún título. Al igual que Cimadevilla, Badiola se refiere a este escudo como escudo de Genciera.
A unas malas, se podría colocar la etiqueta {{distinguir|Heráldica de Genicera}} en este artículo y viceversa.
  David Ll L | やまざれす ダビッド 11:58 12 jun 2021 (UTC)Responder
Muchas gracias. ¿Se trata del único escudo heráldico en Genicera? Si es así, quizás se podría renombrar como Escudo heráldico en Genicera y así se distinguiría del escudo de la localidad. Por cierto, respecto a este último, ¿hay fuentes sobre él, está aprobado oficialmente?. Un saludo. --Rodelar (hablemos) 12:05 12 jun 2021 (UTC)Responder
No, no es el único escudo. Cuenta con otro en el interior de la parroquia, perteneciente a la Casa de los Getino, que la colocó el Padre Juan Getino, también de esta localidad.
En cuanto al otro escudo, el aquí publicado, la primera referencia que se observa es donde se indica su estatus, que le incluyo aquí [1]​ Además estuve consultando con profesores del departamento de Prehistoria y Arqueología de la Universidad de León y me aseguraron que, si figura como B.I.C. en el catálogo oficial del ayuntamiento (el que le acabo de referenciar), tiene que tener su número de serie en un fichero oficial en la junta, de dominio público, pero que es necesario pedir cita para poder consultarlo (cosa que no he podido realizar todavía) para evitar posibles acciones de expolio contra el patrimonio.
En cuanto a la legislación nacional, el artículo por el que se incluye como Patrimonio Histórlco Artístico es el Decreto 571/1963, de 14 de marzo, sobre protección de los escudos, emblemas, piedras heráldicas, rollos de justicia, cruces de término y piezas similares de interés histórico-artístico y se ratifica con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español..
Por cierto, ya pude consultar lo del libro de Cimadevilla y, efectivamente, los títulos se corresponden con los nombres de las localidades.
David Ll L   David Ll L | やまざれす ダビッド 14:29 12 jun 2021 (UTC)Responder
Si no es el único escudo, entonces una solución sería llamarlo por el nombre de la familia al que pertenece, algo en plan Escudo de los [apellido] (Genicera). Con el otro escudo me refería al que figura en la infobox del artículo de Genicera, el que aparece junto a la bandera; ¿están aprobados oficialmente, hay fuentes sobre ellos? Pregunto porque no veo nada al respecto. En cuanto a los escudos heráldicos, todos están protegidos por el decreto que mencionas, todos son BIC, pero no están tan bien documentados como pudiste ver en el anexo de BIC de la provincia de León, o en cualquier otro anexo provincial. Un saludo. --Rodelar (hablemos) 15:26 12 jun 2021 (UTC)Responder
Lo que ocurre es que de momento no he podido encontrar en ningún libro la casa a la que pertenece dicho escudo. Es una de las razones por las que quería cerciorarme de ello en el inventario de la junta. Sobre el otro escudo, está en proceso de ser aprobado aunque la pedanía ya lo aprobó al poco después de ser presentado. El presidente del concejo me informó a principios de este año que ya mandó todos los papeles necesarios y está esperando la respuesta de las instituciones respectivas. David Ll L
  David Ll L | やまざれす ダビッド 15:45 12 jun 2021 (UTC)Responder
Entonces otra opción es denominarlo respecto al edificio en el que se encuentra, Escudo heráldico en casa de la calle tal (Genicera), ya que el otro como señalas era de la Casa de los Getino. Sobre el escudo y bandera, lo suyo sería que fueran visibles una vez estén aprobados, no antes, para contar con fuentes a través de las cuales se pueda verificar. --Rodelar (hablemos) 16:53 12 jun 2021 (UTC)Responder
Vale, se me ocurre que como el escudo se encuentra en la casa solariega, se podría redireccionar a Escudo heráldico de la Casa Solariega de Genicera. Si le parece buena idea, lo redirecciono. De hacerlo en función de la calle, sería Escudo heráldico de la Calle la Carrera (Genicera) ó Escudo heráldico de la Calle la Carrera Nº 6 (Genicera), aunque quizás suenen algo más ambiguo que el anterior porque puede dar a entender que hay más escudos en otras calles y solo hay dos y uno está en la Iglesia (el escudo de la Casa Getino).
Sobre el otro tema, realicé las páginas movido por mi entusiasmo hace seis años, pues estaba recién entrado en la wikipedia y consideré importante redactarlo, ya que era lo que le interesaba ver a los vecinos de la localidad (me incluyo). Hoy bien es cierto que la página sirve porque contiene la definición más exacta de la composición del escudo, pues la definición la realizó un profesor de la universidad de León con grandes conocimientos en heráldica, que es la que está presentando el presidente del concejo. Entonces, como wikipedista e historiador, no me puedo dejar llevar por impulsos emocionales por lo que, siendo pragmático, puede solicitar el borrado de la página si lo considera necesario.
Como usted prefiera entonces.
  David Ll L | やまざれす ダビッド 17:09 12 jun 2021 (UTC)Responder
La denominación relativa a la casa solariega la veo bien (Escudo heráldico de la casa solariega de Genicera), siempre que sea la única casa solariega que hay, ya que si hubiera más podría dar lugar a confusión. Si ocurre esto último, entonces sería la solución de nombrar la calle. Respecto al escudo y bandera, borrar el artículo a estas alturas quizás no procede ya, pero si ocultaría, hasta que fueran oficiales, los archivos en la infobox de la localidad. De hecho, cuando este artículo esté trasladado, el artículo de Heráldica de Genicera se podría renombrar como Escudo de Genicera, ya que haría referencia a tal símbolo aprobado. --Rodelar (hablemos) 17:35 12 jun 2021 (UTC)Responder
En efecto, es la única casa solariega que hay en el pueblo, por eso me decanté por esa opción. Sobre el otro artículo, como en el pueblo ya se adoptó tanto el escudo como la bandera de forma cuasi-oficial, la mayoría de sus vecinos lo tienen interiorizado como su enseña, ya que fue aprobada cuando se presentó en 2015 en concejo abierto. Lo malo es que este tipo de acciones basadas en el derecho consuetudinario no dejan restos escritos y únicamente tendría que confiar en mi palabra como testigo y participante que fui pero comprendo que esto no es ningún tipo de fuente fiable. Entonces, si fuera posible, me gustaría conservar la bandera y el escudo, o al menos indicar que han sido aprobadas en el pueblo, aunque falta el visto bueno de las administraciones. ¿Consideraría indicarlo con alguna nota a pie o algo por el estilo o se mantiene en su posición de retirarlos temporalmente?
  David Ll L | やまざれす ダビッド 18:01 12 jun 2021 (UTC)Responder
  1. Ayuntamiento de Cármenes (2006). CATÁLOGO DE: YACIMIENTOS ARQUEOLOGICOS PROTEGIDOS EDIFICIOS Y ELEMENTOS PROTEGIDOS. p. 75. «El escudo del zaguán está declarado Bien de Interés Cultural, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda de la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español y el Decreto 571/1963 de 14 de marzo». 
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