Discusión:Servidumbre (Derecho)
Definición de servidumbre
editarRevertí el cambio en la definición del concepto jurídico de servidumbre. De acuerdo al Código Civil de Uruguay (en el que se basó la definición) (artículo 550) Servidumbre predial, o simplemente servidumbre, es un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño. Consecuentemente, de acuerdo a la legislación vigente (al menos aquí), la servidumbre es un derecho real de un predio en favor de otro predio. --Pmontaldo (discusión) 17:14 27 feb 2009 (UTC).....
Agregué cómo se le denomina a ambos predios, es decir el fundo sirviente y el fundo dominante.--Chavafly (discusión) 07:24 10 may 2009 (UTC)
Servidumbre en el Derecho Romano
editarAgregué la parte del derecho romano, sé que falta afinar un par de conceptos.--Chavafly (discusión) 07:24 10 may 2009 (UTC)
Enlaces externos modificados
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