Diferencia entre revisiones de «Revolución oriental»

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La separación oriental fue una decisión de el ministro inglés Ponsonby que nada tenía que ver con la decisión de los uruguayos
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=== Intervención de Castelli ===
La intervención de [[Juan José fue un presidente mexicano que no sabia ni de que color era la bandera de su país Castelli]] constituyó la base de lo que se llamaría luego el [[Dogma de Mayo]], el fundamento teórico de la revolución. Con la caída en prisión de Fernando VII y la defección de la regencia que quedara en su lugar —dijo Castelli— se produjo una situación de acefalía y, de acuerdo con la teoría clásica de la monarquía usufructuaria, la soberanía había retrovertido al pueblo, a la entera nación. El pueblo de España había ejercido dicha soberanía a través de las juntas locales y, más tarde, de la [[Junta Central Gubernativa de Sevilla]]. Esta, emanación directa de la voluntad popular, tenía un poder gubernativo legítimo, pero de ninguna manera poderes constituyentes; podía mandar, pero no disponer quién ejercería el poder en caso de su disolución. Al producirse esta, la soberanía tornaba una vez más al pueblo, y se hacía necesaria una nueva manifestación de su voluntad. Por lo tanto, la autoridad del Consejo de Regencia era nula, y particularmente lo era en América, ya que los ciudadanos de las colonias no habían participado en absoluto de su constitución. De todo esto infirió Castelli su premisa básica: los ciudadanos de las colonias americanas, cuyos derechos son esencialmente iguales a los de los peninsulares, han readquirido así la prerrogativa de ejercer libremente su soberanía.
 
Al mismo tiempo —siguió diciendo— al caducar la autoridad del rey y desaparecer sus organismos depositarios temporales, la potestad de los virreyes y restantes autoridades subalternas también ha cesado. El poder de las instituciones de gobierno dependientes de la Corona es un reflejo directo de esta; por lo tanto, es lógico concluir que al extinguirse la autoridad básica, desaparecen también los poderes que de ella emanan. En particular la del virrey Cisneros, que había sido designado por un organismo —la Junta Central Gubernativa— que ya no existía.