Diferencia entre revisiones de «Aval»

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El '''aval''' es un compromiso solidario de [[pago]] de una obligación a favor del [[acreedor]] o beneficiario, otorgada por un tercero para el caso de no cumplir el obligado principal con el pago de un título de crédito. El aval implica la voluntad de una tercera persona inmersa en el título de manera unilateral, a dicha persona se le llama ''avalONavalista''.
 
El Aval Bancario es un caso particular de aval, en el que el avalista es el banco o entidad de crédito.