Diferencia entre revisiones de «Mar chileno»

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# '''[[Zona contigua]]''': son las 12 millas marítimas contadas desde el borde externo del mar territorial, es una zona donde el Estado tiene facultades en materias de prevención y sanción de la infracción de sus [[ley]]es y [[reglamento]]s [[aduana|aduaneros]], [[derecho fiscal|fiscales]], de [[inmigración]] o [[sanidad|sanitarios]].
# '''[[Zona económica exclusiva]]''' o '''Mar Patrimonial''': esta zona se extiende desde los 188 millas marinas más allá de la línea de término del mar territorial. Allí el Estado chileno tiene derecho exclusivo sobre la exploración, explotación, conservación y administración de los [[recurso natural|recurso]]s vivos y no vivos del agua suprayacente al lecho marino, del lecho y el subsuelo del mar. Comprende unos 3.000.000 km² aproximadamente.
# '''[[Mar Presencial]]''': es una zona del Alta Mar en donde el Estado de Chile adquiere obligaciones por [[tratado internacional|acuerdos internacionales]]. La Ley chilena N° 19.080, de [[1991]], lo define como "'aquella parte de la alta mar, existente para la comunidad internacional entre el límite de nuestra zona económica exclusiva continental y el meridiano que, pasando por el borde occidental de la plataforma continental de la Isla de Pascua, se prolonga desde el paralelo del hito N° 1 de la línea fronteriza internacional que separa Chile y Perú, hasta el [[Polo Sur]]''".<ref>[http://sil.senado.cl/docsil/ley940.txt Ley Nº 19.080]</ref> Es una zona donde no existe reclamo o ejercicio de [[soberanía]], sino una simple declaración unilateral de intereses de Chile sobre la [[Alta Mar]] circundante a su soberanía marítima, sin desconocer la situación jurídica de los espacios marítimos que la integran. Respecto de ella, fundamentalmente sólo se pretende participar en las actividades económicas que allí se realicen y estar presente en las actividades científicas de otros estados, en el marco de libertades de la Alta Mar, de acuerdo a la [[Convención del Mar]].<ref>[http://www.ugm.cl/pacifico/monograf/marpres.htm La teoría del mar presencial]</ref> Para muchos politólogos y diplomáticos esta teoría y figura jurídica resulta discutible dado que sobrepasa las condiciones chilenas, sumamente débiles a nivel cultural y político. Además, refuerza conflictos limítrofes como el caso con el Perú, Bolivia y Argentina.
 
[[Image:DuskyDolphin.jpg|right|thumb|250px|[[Lagenorhynchus obscurus|Delfín oscuro]], especie protegida por ley en Chile]]