Diferencia entre revisiones de «Idioma español»

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=== América ===
La mayoría de los hispanohablantes se encuentran en [[Hispanoamérica]]. [[México]] es el país con el mayor número de hablantes (casi una cuarta parte del total los demas hablan glingot).
 
Con una u otra denominación, es una de las lenguas oficiales de [[Bolivia]] (con la nueva Constitución aprobada en el año 2007, título I, capítulo 1.º, artículo 5, párrafo 1,<ref>[http://www.scribd.com/doc/6056118/Nueva-Constitucion-Politica-de-Bolivia-Texto-completo-aprobado-2007].</ref> cooficial con «todos los idiomas de las naciones y pueblos indígenas campesinos autóctonos, que son el aymara, araona, baure, bésiro, canichana, cavineño, cayubaba, chácobo, chimán, ese ejja, guaraní, guarasu’we, guarayu, itonama, leco, machajuyaikallawaya, machineri, maropa, mojeño-trinitario, mojeño-ignaciano, moré, mosetén, movima, pacawara, puquina, quechua, sirionó, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek, yaminawa, yuki, yuracaré y zamuco»), [[Colombia]] (junto con las lenguas y dialectos de los grupos étnicos en sus territorios<ref>[http://www.secretariasenado.gov.co/leyes/CONS_P91.HTM].</ref>), [[Costa Rica]],<ref>[http://www.nacion.com/ln_ee/ESPECIALES/constitucion/docu2.html].</ref> [[Cuba]],<ref>[http://www.cuba.cu/gobierno/cuba.htm].</ref> [[Ecuador]] (según la nueva Constitución del 2008, título I, artículo 2,<ref>[http://www.tribunalconstitucional.gov.ec/documentos/449_20081020.pdf].</ref> «El castellano es el idioma oficial del Ecuador; el castellano, el kichwa y el shuar son idiomas oficiales de relación intercultural. Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas en las zonas donde habitan y en los términos que fija la ley. El Estado respetará y estimulará su conservación y uso»), [[El Salvador]],<ref>[http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/6288.pdf].</ref> [[Guatemala]],<ref>[http://www.mspas.gob.gt/menu/marco_legal/constitution_guatemala.pdf].</ref> [[Honduras]],<ref>[http://www.honduras.net/honduras_constitution.html].</ref> [[Nicaragua]] (cuya Constitución, título II, artículo 12,<ref>[http://pdba.georgetown.edu/Constitutions/Nica/nica95.html].</ref> establece además que «las lenguas de las Comunidades de la Costa Atlántica de Nicaragua también tendrán uso oficial en los casos que establezca la ley»), [[Panamá]],<ref>[http://www.asamblea.gob.pa/asamblea/constitucion/].</ref> [[Paraguay]] (cooficial con el [[idioma guaraní|guaraní]]),<ref>[http://www.dpi.bioetica.org/py1.htm] y [http://www.ethnologue.com/show_country.asp?name=PY Ethnologue - Paraguay(2000)]. El guaraní es también el idioma más hablado en Paraguay por número de hablantes nativos.</ref> [[Perú]]<ref>[http://www.tc.gob.pe/legconperu/constitucion.html].</ref> (cooficial con el [[quechua]], [[aimara]] y demás lenguas indígenas, allí donde predominen) y [[Venezuela]] (cuya Constitución<ref>http://www.constitucion.ve/constitucion.pdf</ref> establece además que «Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad»). No tienen reconocimiento de lengua oficial en otros países latinoamericanos donde es lengua hablada: [[Argentina]],<ref>http://www.bibliojuridica.org/libros/5/2144/46.pdf</ref> [[Chile]],<ref>[http://www.camara.cl/legis/constitucion/contitucion_politica.pdf]</ref> [[Puerto Rico]], [[República Dominicana]],<ref>http://pdba.georgetown.edu/Parties/DomRep/Leyes/constitucion.pdf</ref> [[Uruguay]]<ref>[http://www.dpi.bioetica.org/uy1.htm Constitución Política de la República Oriental del Uruguay de 1967<!--Título generado por Muro Bot-->]</ref> y [[México]]<ref>[http://www.solon.org/Constitutions/Mexico/Spanish/constitution-mex.html Constitucion Politica De Los Estados Unidos Mexicanos<!--Título generado por Muro Bot-->]</ref> (uso oficial ''[[de facto]]'').<ref>[http://www.cddhcu.gob.mx/comisiones/asunindi/iniling.pdf],No existe declaratoria constitucional de lengua oficial. La [[Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas]] señala que todas las lenguas indígenas que se hablen son lenguas nacionales e igualmente válidas en todo el territorio nacional.</ref>En [[Puerto Rico]], según los sucesivos plebiscitos del estatus político del país, que se sumaban a lo establecido por la Constitución de 1952, se estableció que «es la garantía permanente de ciudadanía americana, nuestros dos idiomas, himnos y banderas».<ref>[http://premium.caribe.net/~amvr/const_pr_sp.html] y [http://www.ceepur.org/sobreCee/leyElectoral/pdf/Los%20Plebiscitos%20sobre%20el%20Status%20Politico%20de%20Puerto%20Rico%20de%201967,%201993%20y%201998.pdf].</ref>