Diferencia entre revisiones de «Constitución española de 1812»

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De espacial trascendencia fueron los artículos constitucionales referidos a ayuntamientos y
diputaciones provinciales, en cuya redacción la comisión adoptó la Memoria presentada por Miguel Ramos de Arizpe, diputado por [[Coahuila]], para la organización y gobierno político de las Provincias Internas del Oriente de [[Nueva España]]. Fue de vital importancia para desentrañar un aspecto importante del proceso revolucionario de la península y América, como fue, a partir de sanción constitucional, la creación de ayuntamientos en todas las poblaciones que tuvieran al menos 1.000 habitantes. La propuesta provino del propio Miguel Ramos de Arizpe. Esto provocó una explosión de ayuntamientos en la península y, especialmente, en América, al procederse, tras la aprobación de la Constitución, a convocar elecciones municipales mediante sufragio universal indirecto y masculino. Eso constituiría un aspecto clave para la consolidación de un poder local criollo y un ataque directo a los derechos jurisdiccionales, privilegiados, de la [[aristocracia]], Aspecto fundamental para acabar con el régimen señorial en la península y con el colonial, en América.
 
===El País Vasco===
La constitución reorganiza por completo la monarquía española, estableciendo la igualdad como valor fundamental, pero eso choca con las prerrogativas de las provincias forales. Los fueros de estas regiones habían sido un sistema muy avanzado para su tiempo, pero a principios del siglo XIX se habían convertido en el instrumento de una elite de terratenientes, los jaunchos. Esta elite se ve desplazada por la guerra y la ocupación. Su único representante en las cortes de Cádiz es el diputado por Vizcaya, el general Eguia, pero este apenas interviene en las sesiones. Los otros dos diputados son liberales y mucho más activos: Por Guipuzcoa, Miguel Antonio de Zumalacarregui (hermano del futuro líder carlista); por Álava, Manuel de Aróstegui. El mero hecho de que figurasen diputados vascos y navarros en un órgano legislativo común para toda España era ya una innovación radical, inédita en el sistema político de la monarquía española y que suponía una ruptura del orden foral vasco. Eguía se resistió a firmar la constitución, en parte por los fueros y en parte por su ideología absolutista, pero fue forzado a firmar bajo amenaza de duras sanciones.
El sistema constitucional tiende al centralismo, pero eso perjudica a las todopoderosas elites locales, que bajo la monarquía borbónica habían administrado a su antojo las provincias. En el caso vasco, los fueros discriminaban políticamente a la inmensa mayoría de la población, reservando los derechos políticos a los terratenientes jaunchos, pero también le ofrecían ciertas garantías y privilegios a la gente humilde: poder aprovechar las tierras comunales, no pagar impuestos directos y no ser reclutados para el ejército. Los jaunchos instrumentalizarán el miedo de las masas a perder esas pequeñas ventajas (miedo que no era infundado en absoluto) para galvanizar en beneficio propio la resistencia al nuevo orden, plasmada en una tensa reunión de las Juntas generales de Vizcaya en Bilbao, en octubre de 1812, todavía en plena guerra. Sin embargo la constitución también les ofrece ventajas a los campesinos y comerciantes vascos: les ofrece derechos políticos y derecho al voto. Al mismo tiempo, el gobierno central nombra para los nuevos cargos constitucionales a destacados miembros de la vieja elite foral, para atraerlos al nuevo orden. Los resultados serán desiguales, pues muchos de los jauchos así designados actuaran como caballos de Troya, dedicándose a sabotear el sistema desde dentro o a vaciarlo de contenido. En cualquier caso, será la restauración absolutista de Fernando VII la que decida la cuestión. Pero el tema no quedará zanjado, sino meramente enterrado, hasta que resurja violentamente durante las guerras carlistas.
 
== Consecuencias de su abolición ==
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* Chust, Manuel: «La cuestión de la nación americana en las Cortes de Cádiz», Valencia, UNED-UNAM, 1998.
* Rodríguez, J. E.: «La independencia de la América española», México, FCE, 1996.
* Sanchez Arreseigor, Juan José; "Vascos contra Napoleón". Actas, Madrid 2010. ISBN 978-84-9739-099-6 Capitulo 15
* VV.AA.: «Manual de Historia de España. 5. Siglo XIX», Madrid, Historia 16, 1994.
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