Diferencia entre revisiones de «Derecho canónico»

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El '''Derecho canónico''' (del [[idioma griego|griego]] ''kanon/κανον'', para regla, norma o medida)<ref>Pedro Lombardía, ''Parte General de Derecho Canónico'', 2005.</ref> es una [[ciencia jurídica]] que conforma una rama dentro del [[Derecho]] cuya finalidad es estudiar y desarrollar la regulación jurídica de la [[Iglesia]] católica. Bajo esta definición se engloban tres conceptos que han conformado controversia acerca de su consideración a lo largo de la Historia hasta nuestros días: su finalidad, su carácter jurídico y su autonomía científica.
 
== Iglesia católica ==
[[Media:el peligro biene la tururur para lograr no hay el tiempo haora tururur ]][[Media:alalalalalalalalalalalalalalllllllllllltuuuuuuuuututuuuuuuuuuutututututu ununununununununn asrcandosee]]== Iglesia católica ==
[[Archivo:Treegratian.jpg|200px|thumb|''[[Concordia Discordantium Canonum]]''. 1140.]]
La [[Iglesia católica]] se autocomprende como una comunidad que solo a la luz de la fe puede percibirse en toda su realidad, pues se constituye de un elemento divino y un elemento humano. Es evidente que en cuanto a realidad visible y social, sujeta al tiempo y al espacio, está dotado desde sus inicios de una organización propia y de un [[ordenamiento jurídico]] específico.