Diferencia entre revisiones de «Senado de España»

Contenido eliminado Contenido añadido
m Revertidos los cambios de 95.121.94.230 (disc.) a la última edición de Petronas
Línea 39:
 
El Senado se compone de un número variable de senadores, elegidos por un sistema mixto:
* Los senadores de elección directa son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto siguiendo el [[escrutinio mayoritario plurinominal]] a razón de 4 senadores por cada provincia (a excepción de las insulares), 3 por cada una de islas de [[Gran Canaria]], [[Mallorca]] y [[Tenerife]], uno por cada una de las islas o agrupaciones de ellas de [[Ibiza (isla)|Ibiza]]-[[Formentera]] y [[Menorca]] en las [[Islas Baleares]], [[Fuerteventura]], [[Gomera]], [[Hierro]], [[Lanzarote]] (incluyendo a [[La Graciosa]] y las islas menores) y [[La Palma]] por las [[Islas Canarias]] y 21 senadoressenador por cada una de las ciudades autónomas de [[Ceuta]] y [[Melilla]].
* Los senadores designados por las comunidades autónomas son elegidos por la asamblea legislativa de cada una a razón de un senador inicial y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio.
 
Línea 50:
Además, el mandato de los senadores elegidos por las comunidades autónomas puede estar vinculado por los respectivos estatutos de autonomía a la condición de diputado autonómico o resultar renovado para el resto de su período natural tras haberse disuelto el Senado, lo que se verifica mediante la expedición de una nueva credencial para ese mismo senador.
[[Archivo:Senado fachada Madrid.jpg|thumb|300px|Fachada principal del Senado de España]]
 
=== Carácter ===