Diferencia entre revisiones de «Realismo jurídico»

Contenido eliminado Contenido añadido
Etiqueta: posible problema
Isha (discusión · contribs.)
m Revertidos los cambios de 190.189.20.9 a la última edición de Aleposta
Línea 10:
Destaca entre los primeros [[Trasímaco]], para quien el derecho es la voluntad del más fuerte. Como percursor de los realistas norteamericanos cabe mencionar a Oliver Wendell Holmes Jr., quien consideraba que el derecho no es otra cosa que las profecías de cómo los jueces resolverán los asuntos jurídicos. [[Axel Hägerström]] y [[Alf Ross]] destacan entre los realistas escandinavos, para quienes la eficacia o vigencia real de las normas jurídicas es la propiedad determinante, por encima de la validez meramente formal y del contenido moral de las mismas. Finalmente, Michel Troper ha desarrollado una teoría realista según la cual la interpretación no es un acto de conocimiento de la ley, sino un acto de voluntad del juez.
 
== Otras características del realismo jurídico ==
Soi alejandro Lopez, y pienso que LOS PUT0S DE WIKIPEDIA, SON UNOS REVERENDOS HIJ0S DE LA GRNADISIMA PUA MADRE VIVO EN EL HIPODROMO VENGAN A BUSCARME HIJOS DE PUT@, PREGUNTEN POR EL GENERAL LOPEZ LES VAMOS A SAKAR A TIROS DE ACA HIJOS DE PUTå4@@@AAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAA
 
* Indeterminación del derecho.- Los realistas suelen creer que el derecho positivo (las leyes y los precedentes obligatorios) no determinan las verdaderas soluciones a los caso.
 
* Enfoque interdisciplinario.- Muchos realistas jurídicos se han interesado en los estudios estadísticos (Holmes), sociológicos (Ross), antropológicos (Llewellyn y su libro ''The Cheyenne Way''), etcetera.
 
* Enfoque instrumentalista.- Los realistas creen que el derecho sirve o debe servir como instrumento para alcanzar propósitos sociales.
 
== Posteridad del realismo jurídico ==