Diferencia entre revisiones de «Existencia de Dios»

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En el tema de la existencia de Dios, se presenta la [[carga de la prueba]], la cual corresponde a quienes la afirman; ya que la exigencia contraria (pedir probar la inexistencia de dios), sería una imposibilidad [[lógica]], que en terminología jurídica se denominan [[prueba diabólica]]. Querer pedir o demostrar la [[inexistencia]] de Dios tiene tan poco sentido como querer probar la inexistencia de cualquier otra cosa. La inexistencia, sin más, no se puede probar; por lo que decir que no existe pruebas de su inexistencia, no sería prueba de su existencia.
 
Una excepción a esta regla se da cuando la afirmación en cuestión es de conocimiento común. En tal caso, la carga de la prueba recae sobre quien la rechace. Si afirmamos algo que casi todo el mundo comparte, no necesitamos aportar pruebas para demostrarlo, porque la experiencia común indica que así ocurren las cosas habitualmente, salvo excepciones. Lo que se presume como cierto, lo que se reputa como verdad, no precisa prueba. Quien pretenda afirmar lo contrario deberá justificar su punto de vista.
 
== Argumentos sobre su existencia ==