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m →‎Personal de oficina de farmacia: Definir farmacéuticos adjuntos, sustitutos y regentes
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* sustitutos
* regentes.
Mientras que por '''farmacéutico adjunto'''<ref>{{Cita noticia|título=Nombramiento de farmacéutico adjunto: ¿Hay un mínimo? - Gómez Córdoba {{!}} Abogados de Farmacia|url=https://gomezcordoba.com/blog/adjunto-farmacia/|fecha=2017-05-11 de mayo de 2017|fechaacceso=2017-05-25 de mayo de 2017|periódico=Gómez Córdoba {{!}} Abogados de Farmacia|idioma=es-ES}}</ref> se entiende que trabaja '''«conjuntamente»''' con el o los farmacéuticos propietarios o regentes, en el caso de los sustitutos se entiende que actúan '''«en vez de'''». En España el número de farmacéuticos adjuntos necesarios está regulado por las Comunidades Autónomas y varía de unas a otras.
 
Pero en la farmacia también se encuentra personal auxiliar, que ayuda al farmacéutico en la dispensación y recepción de pedidos. Poco a poco se van introduciendo los técnicos en farmacia.